Subvención Digitalización para sector comercial y artesanal

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:
 Actividad comercial y domicilio social en Galicia.
 Que la empresa sea una pyme y tenga menos de 20 empleados y no tengan consideración de gran establecimiento.
 Que su IAE principal sea uno de los indicados en el anexo I y II. Si la actividad principal es una actividad de los epígrafes relacionados en el anexo III, deberá estar dado de alta en alguna actividad comercial relacionada en el anexo II.
 Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de venta igual o inferior a 300 m2 (excepto los comercios de venta de muebles, IAE 653.1).
 En el caso de talleres artesanales, deberán estar inscritos en el Rexistro Xeral de Artesáns de Galicia.
ACCIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍAS DE LAS AYUDAS:
Las actuaciones deberán realizarse entre el 01/12/2020 y 29/10/2021.
La cuantía de la ayuda para todos los conceptos será del 80% del gasto subvencionado teniendo en cuenta los límites indicados a continuación.
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