Bono consolida economia social 2023

OBJETO:

Tiene como finalidad apoyar la consolidación de las entidades de la economía social, así como reforzar su presencia en el tejido económico de Galicia, con especial incidencia en la transformación digital y en la mejora de la eficiencia energética, contribuyendo al impulso de su actividad económica, incrementando su competitividad y, en definitiva, manteniendo empleos de calidad.

BENEFICIARIOS:

Serán beneficiarias las Sociedades cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo que cumplan los siguientes requisitos:

  • Figurar inscritas en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Haber presentado las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil, en el Registro de Cooperativas o en el Registro de Fundaciones, según su forma jurídica.
  • En el caso de centros especiales de empleo que tengan forma jurídica de asociación, deberán tener aprobados el balance y la cuenta de resultados por su asamblea.
  • Acreditar una antigüedad de 42 meses en la fecha de solicitud.
  • Tener capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.
  • No haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

GASTOS SUBVENCIONABLES (todos los gastos realizados entre el 01/11/2022 y 31/10/ 2023):

  1. Equipamiento informático.
  2. Adquisición y desarrollo de software y páginas web.
  3. Marketing, comunicación o relanzamiento comercial.
  4. Mejora en la eficiencia energética.
  5. Adquisición de equipamiento.
  6. Reforma del local de negocio.
  7. Mobiliario.
  8. Obtención de certificaciones de calidad.
  9. Creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad.
  10. Plan de protección de datos.
  11. Elementos de transporte.
  12. Actividades formativas para las personas socias de la entidad solicitante que estén dadas de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA).

NOTA: Los servicios y/o las inversiones subvencionables deberán estar realizados en el periodo de ejecución indicado y las facturas deberán estar emitidas en dicho período, al igual que los planes, informes y demás entregables de los servicios desarrollados.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS:

La cuantía de la ayuda será equivalente al 90% del coste total de los gastos subvencionables, con los límites siguientes:

  • 5.000 € para cada uno de los gastos de Marketing, comunicación o relanzamiento comercial; obtención de certificaciones de calidad; creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad y plan de protección de datos.
  • 600 € para cada actividad formativa para las personas socias de la entidad solicitante que estén de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.

El límite máximo de las ayudas se establece en 30.000 € por cada solicitante.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Plazo hasta el 15 de septiembre de 2023 o agotamiento del crédito.

OTROS DATOS DE INTERÉS:

Concurrencia no competitiva.