OBJETO:
Tiene como finalidad apoyar a las empresas gallegas en sus procesos de internacionalización digital para el desarrollo y la implantación de un plan de internacionalización digital de empresa, así como para cubrir las necesidades específicas en materia de marketing digital internacional.
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:
- Empresas que cumplan con la definición de Pyme y tengan algún centro de trabajo en Galicia.
- Con anterioridad al 03/01/2024 deberá contar, al menos, con un trabajador por cuenta ajena.
- Que tengan un importe de facturación en el último ejercicio con obligación de depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil, o de presentación de la declaración de la renta, como mínimo del doble del presupuesto del proyecto presentado por la empresa en su solicitud de ayuda.
- Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. La solicitud de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización deberá hacerse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta ayuda.
- Que estén al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:
Consultoría:
- Asesoría jurídica y legal para la internacionalización digital.
Comprende aquellos gastos que se relacionen directamente con la operativa digital internacional, como la adaptación al Reglamento general de protección de datos y, en general, a la operativa import-export en el comercio electrónico (gasto máximo: 3.000 €).
Software:
- Soluciones tecnológicas PIM (Product Information Management) para crear, gestionar y conectar catálogos digitales internacionales multiidioma (gasto máximo: 6.000 €).
- Adquisición, programación a medida e integración de conectores entre plataformas y con sistemas de información (ERP) (gasto máximo: 20.000 €).
- Soluciones de analítica y visualización de datos para elaborar cuadros de mando con indicadores (KPI´s) para el seguimiento y optimización de los canales de venta y marketing en línea (gasto máximo: 20.000 €).
- Soluciones de inteligencia automatizada para la optimización de la supply chain y del fullfillment, por ejemplo, para la venta predictiva y el aprovisionamiento (gasto máximo: 18.000 €).
- Soluciones tecnológicas que faciliten la operativa internacional como, por ejemplo, la creación de suite de firma digital, soluciones de facturación electrónica internacional, soluciones de gestión internacional de tasas u otras soluciones de similar naturaleza (gasto máximo: 18.000 €).
Otros conceptos subvencionables:
- Creación y adaptación de catálogos en línea para el marketing y las ventas en mercados electrónicos objetivo, tanto B2B como B2C (gasto máximo: 4.000 €).
- Creación y adaptación de aplicaciones en línea a medida para el B2B en mercados electrónicos objetivos (gasto máximo: 20.000 €).
- Campañas de posicionamiento SEM en directorios internacionales con buscadores y en plataformas, incluidos los gastos de agencia (gasto máximo: 12.000 €).
- Soluciones de inbound marketing internacional para lograr captar, retener, convertir y fidelizar a usuarios de interés objetivo del negocio en línea. Incluye desde la compra de las soluciones tecnológicas (incluida la adquisición mediante pago por el uso), su integración, y también su gestión como servicio a vendedores en línea por parte de las agencias (gasto máximo: 6.000 €).
- Creación y adaptación de tiendas en línea, tanto B2C como sistemas de comercio electrónico orientados de la B2B (gasto máximo: 12.000 €).
Costes indirectos: serán aquellos costes distintos de los costes directos subvencionables que no pueden vincularse directamente a la actividad subvencionada, pero resultan necesarios para su realización, en los que se incluyen los gastos administrativos (tales como gestión administrativa y contable), suministros (comunicaciones, agua, electricidad, calefacción, teléfono), seguros, mantenimiento o limpieza. Estos costes se fijan en un tipo fijo del 7 % sobre los costes directos subvencionables.
REQUISITOS DEL PROYECTO:
- Plazo de ejecución desde la fecha de solicitud hasta el 31/03/2025.
- En el caso de inversiones en activos intangibles las empresas deben presentar informe de auditor en el momento de la justificación.
CUANTÍA DE LA AYUDA:
La subvención será del 80 % de los gastos subvencionables siendo el mínimo igual o superior a 12.000 € y máximo de 100.000 € por empresa.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Plazo hasta el 01/03/2024.
OTRA INFORMACIÓN:
- Concurrencia no competitiva, es decir, por orden de entrada siempre y cuando el expediente esté completo.
- Las ayudas serán en todo caso incompatibles si la empresa solicitante fue beneficiaria en otras convocatorias de esta misma línea de subvenciones, salvo dos excepciones: que solicite la ayuda para conceptos de gasto diferentes a los de anteriores convocatorias o se trate de proyectos referidos exclusivamente a los conceptos establecidos en el artículo 5, puntos a.1, b.4 y b.5 y todos los del punto c siempre que se ejecuten en país o países diferentes a los de anteriores convocatorias y que se justifique debidamente su necesidad en la memoria técnica.
- No se apoyarán solicitudes de empresas que hayan sido beneficiarias de la ayuda IG240-Ayudas a la digitalización Industria 4.0 en 2022 y 2023.
- Ayudas sujetas al régimen de minimis.