IN848F – Bono Innovación 2024 Gain Xunta de Galicia

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE LOS AGENTES DE INNOVACIÓN PARA CONSEGUIR UN SALTO CUALITATIVO Y CUANTITATIVO EN LA ACTIVIDAD DE I+D+I Y LA BÚSQUEDA DE FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE I+D+I EN SUBVENCIONES O LA OBTENCIÓN DE BENEFICIOS Y EXENCIONES FISCALES PARA LA I+D+I.

Plazo de presentación

Primer trimestre de 2024

Tipo de ayuda

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
Ayudas de minimis.

Organismo
Gain – Axencia Galega de Innovación
Objeto

Ayudas a microempresa y pymes a través de bonos de innovación, dirigidos a aquellas que precisan contratar servicios de los agentes de innovación para conseguir un Salto Cualitativo y Cuantitativo en su actividad de I+D+i a Corto Plazo, pero no requieren de una acción integral y/o de mayor esfuerzo inversor.

Existen dos tipo de bonos de innovación:

Línea 1. Bonos para servicios de apoyo a la innovación, para la financiación de las actividades destinadas a la protección de la innovación y del conocimiento, transferencia tecnológica, comercialización y que permitan el desarrollo de nuevos productos y servicios o mejora de la competitividad empresarial.

Línea 2. Bonos para gestión de la financiación de la innovación, para la subvención de los costes de actividades de gestión, contratadas con los agentes de la innovación, encaminadas a la:

  1. Tramitación de Incentivos, Beneficios Fiscales para la I+D+i y bonificaciones de la seguridad social de personal investigador.
  2. Contratación de servicios para la tramitación de nuevas solicitudes de financiación a propuestas de I+D+i en convocatorias de ayudas estatales.
Beneficiarios
  • Las microempresas y pymes con Domicilio Social o un Centro de trabajo en Galicia (donde se debe desarrollar la actividad para la que se solicita la subvención). Beneficiarios por línea de ayuda:
    • Línea 1. Servicios de apoyo a la innovación: Microempresas y Pequeñas Empresas.
    • Línea 2. Gestión de la financiación de la innovación: MicroempresasPequeñas y Medianas Empresas.
  • Exclusiones según la línea de ayuda:
    • Línea 1. Servicios de apoyo a la innovación:
      • Beneficiarios de InnovaPeme 2022 y 2023.
      • Beneficiarios de DeseñaPeme 2022 y 2023
      • Beneficiarios de Bono innovación línea 1 los años 2022 y 2023.
    • Línea 2. Gestión de la financiación de la innovación:
      • Beneficiarios de InnovaPeme 2022 y 2023.
  • Los beneficiarios de las ayudas dispondrán de la Capacidad Administrativa, Financiera y Operativa Suficiente para la ejecución de la ayuda concedida.
  •  Solo una solicitud grupo de empresas.
Requisitos y Actuaciones Subvencionables

Serán subvencionables al amparo de esta convocatoria las contrataciones de personal externo para la realización de actividades de I+D+i, que se formalicen desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 15 de octubre de 2024 con las siguientes características:

a) Las actividades de I+D+i que realizarán las personas contratadas deberán desarrollarse en centros de trabajo de la comunidad autónoma de Galicia y estarán alineadas con los retos y las prioridades estratégicas establecidas en la RIS3 para Galicia.

b) Línea 1. Apoyo a la innovación:

  1. Constituirán una o más actividades que estarán incluidas en una memoria descriptiva que se presentará junto con la solicitud, que respondan a necesidades justificadas y con un impacto contrastable en la empresa, que Permitan Consolidar y/o Incrementar las Capacidades Tecnológicas y de Impulso de la I+D+i de la empresa.
  2. Las actividades se realizarán mediante la contratación de servicios de apoyo a la innovación de entre las siguientes tipologías:
      • Costes de protección del conocimiento de la innovación industrial en las empresas, referidos a los activos intangibles de la empresa, incluyendo: la gestión de la tramitación de nuevas patentes, modelos de utilidad y los derechos de propiedad intelectual tanto en España como internacionalmente, excluyéndose el mantenimiento o ampliación de las existentes.
      • Costes de mejora en la gestión de la innovación y la vigilancia tecnológica:
        1. Implantación de sistemas de gestión y organización de la innovación.
        2. Estudios de vigilancia tecnológica y estado del arte
      • Costes de las acciones estratégicas para desarrollar nuevos productos, procesos y servicios:
        1. Estudios de viabilidad tecnológica e industrial encaminados al desarrollo de nuevos productos o servicios, o análisis de la mejora o creación de nuevos procesos productivos.
        2. Diseño de productos y servicios, incluyendo la concepción y desarrollo de nuevos productos o servicios, incluidas experiencia, que se perciban en el mercado como nuevos o, en el caso de rediseño de los ya existentes, que se aprecie una mejora sustancial.
        3. Acciones para llevar a mercado o implantar los resultados de la actividad de I+D+i.
      • En lo relativo a nuevos procesos o servicios basados en tecnologías digitales, únicamente se admitirán aquellas soluciones innovadoras basadas en:
        1. Interconexión del mundo físico y virtual a través de realidad aumentada, la impresión 3D, la automatización avanzada y robótica, así como internet de las cosas o sistemas inteligentes embebidos.
        2. Sistemas de inteligencia artificial, aprendizaje automático y toma de decisiones autónomas a través del tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, big data y similares).
        3. Ciberseguridad.

No serán subvencionables los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, que no supongan una actividad de innovación.

c) Línea 2. Gestión de la financiación de la innovación.

  1. Tipo A. Contratación de servicios de consultoría para la tramitación de incentivos fiscales a la I+D+i y y bonificaciones de la seguridad social de personal investigador correspondientes al ejercicio 2023.
  2. Tipo B. Contratación de servicios para la tramitación de nuevas solicitudes en convocatorias de ayudas a la I+D+i en convocatorias de ayudas estatales. . La solicitud tendrá que estar presentada dentro del período elegible de gastos.
Financiación

Las ayudas se concederán en forma de subvenciones no reembolsables. La cuantía máxima de la ayuda se determinará sobre la Inversión Total que se subvenciona según el tipo de bono:

  • Línea 1. Apoyo a la innovación:
    • Inversión: de 15.000 € hasta 50.000 € (la presentación de una propuesta con un presupuesto fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda)
    • Subvención: de 7.500 € hasta 35.000 €
    • Intensidad: 70% excepto para los costes de protección de conocimiento que será del 50%
  • Línea 2. Gestión de la financiación de la innovación:
    • Subvención: máximo de 5.000 € para cada una de la tipologías (A y B)
    • Intensidad70%