La empresa no puede obtener declaraciones del IRPF o datos empleados en su elaboración sin consentimiento del trabajador

En la reciente SAN Nº 194/2018, de 7 de diciembre de 2018, Rec. 276/2018, ECLI: ES:AN:2018:4494, la Audiencia Nacional ha anulado la norma del Código de conducta del personal al servicio del Banco de España que establecía como obligación de sus empleados la entrega de las declaraciones del IRPF presentadas, así como los datos fiscales facilitados a los interesados por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para la elaboración de las declaraciones.
Para la Sala de lo Social la exigencia de dichos documentos prescindiendo del consentimiento expreso del afectado ha de calificarse como una medida inadecuada y desproporcionada que conculca por ello el derecho a la intimidad personal y familiar del trabajador.

  • Contenido de la declaración de IRPF y de los datos fiscales facilitado. Necesario consentimiento del trabajador/a

Para la AN el Banco de Espala, en base a la transparencia que le es exigible y su responsabilidad en cuanto al buen funcionamiento del sistema financiero que se verían comprometidas por actuaciones no controladas de los empleados, puede, como regula el artículo 10.3.2 del Código de conducta de la institución, prohibir la realización de determinadas operaciones financieras sin atentar contra el derecho a la intimidad y al honor (art. 18.1 CE) y el derecho de igualdad (art. 14 CE) , en el ejercicio del poder de dirección (art. 20.3 ET).
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