OBJETO:
Tiene como finalidad apoyar proyectos e iniciativas para la transformación sostenible del sector comercial gallego a través del impulso de actuaciones de comercio sostenible y circular, realizadas y efectivamente pagadas entre el 01/01/2024 y el 08/11/2024.
BENEFICIARIOS:
- Programa Eco-pack:
Comerciantes minoristas con tienda física
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que:
- Que desarrollen su actividad comercial en Galicia y que el domicilio social radique en la comunidad autónoma.
- Que tengan la condición de pyme de hasta 50 trabajadores, incluidas las personas en situación de autoempleo.
- Que estén dados de alta en algunos de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y que este constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.
Talleres artesanos
Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. Asociaciones de comerciantes
Que reúnan los requisitos para tener la condición de centro comercial abierto.
Deberán tener una antigüedad mínima de tres años a fecha 13/08/2024 y encontrarse al corriente en la obligación de aprobación de las cuentas anuales por la junta directiva en los 2 últimos ejercicios.
- Programa Avanza textil
Pymes y personas autónomas del sector textil (diseño, producción y venta de prendas de vestir, calzado y complementos).
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que:
- Que desarrollen su actividad comercial en Galicia y que el domicilio social radique en la comunidad autónoma.
- Que tengan la condición de pyme de hasta 10 trabajadores, incluidas las personas en situación de autoempleo.
- Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo III y que este constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.
- Programa Re-circular
Pymes y personas autónomas del sector textil (diseño, producción y venta de prendas de vestir, calzado y complementos).
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que:
- Que desarrollen su actividad comercial en Galicia y que el domicilio social radique en la comunidad autónoma.
- Que tengan la condición de pyme de hasta 20 trabajadores, incluidas las personas en situación de autoempleo.
- Que estén dados de alta en algunos de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo III y que este constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
- Programa Eco-pack.
Este programa está orientado a la reducción de las cantidades de embalaje mediante la adaptación de su tamaño y forma a las dimensiones y formato de los productos, priorizando el uso de materiales reciclados y reutilizables.
- Cajas de cartón 100 % reciclado.
- Sobres de cartón o papel 100 % reciclado.
- Papel vegetal.
- Rellenos para embalaje (rellenos vegetales y protecciones acolchadas de papel 100 % reciclado).
- Bolsas de tela de algodón 100 %.
- Bolsas de tela de lino 100 %.
- Bolsas de tela de cáñamo 100 %.
- Programa Avanza textil.
Este programa está orientado al impulso de los pequeños productores del sector textil con marca comercial propia.
- Matrícula y mensualidades de la participación en cursos de formación o talleres de confección textil impartidos por escuelas públicas o privadas.
- Adquisición de maquinaria de destrucción de textil para su posterior reutilización.
- Adquisición de maquinaria y herramientas de corte y confección.
- Organización y participación en tiendas efímeras pop-ups y showrooms. Gastos subvencionables:
- El alquiler del local o del espacio expositivo (máximo 2 mensualidades).
- Los seguros y servicios de carácter básico y obligatorio para la organización del evento.
- El acondicionamiento de la superficie de exposición y venta.
- La adquisición o alquiler de mobiliario o equipamiento especializado para la exposición del producto.
- El transporte de mercancía.
- La publicidad y promoción de la tienda efímera.
- Programa Re-circular.
Este programa está orientado a promover el uso de materias primas y tejidos sostenibles en la producción textil a fin de reducir los residuos generados por el sector textil y favorecer su reutilización y el reciclaje.
a) Adquisición de materias primas y/o tejidos textiles sostenibles:
- Fibra 100 % de origen vegetal: algodón orgánico, lino, cáñamo y ramio.
- Fibras 100 % de origen animal: alpaca, seda, lana y plumón.
- Fibras recicladas: poliéster reciclado, nylon reciclado y lana reciclada que cuenten con un mínimo de 60 % de fibra de origen reciclado.
- Fibras semisintéticas: lyocell, viscosa sostenible y cupro.
b) Adquisición de accesorios o fornituras de origen 100 % reciclado o 100 % de composición orgánica (cremalleras, botones, ribetes, cuerdas, lazos o similares).
INVERSIONES MÁXIMAS SUBVENCIONABLES:
El porcentaje de ayuda para las tres líneas será del 80% de la inversión (sin IVA).
- Programa Eco-pack.
Inversión mínima subvencionable: 1.000€.
- Programa Avanza textil.
- Programa Re-circular.
La inversión máxima subvencionable es de 10.000€.
OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS:
Por concurrencia no competitiva y sujeto al régimen de ayudas de minimis.
ANEXO II
641. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
642. Comercio al por menor de carnes y despojos; de productos derivados cárnicos elaborados: de huevos, aves, conejos de granja, caza, y de productos derivados de ellos.
643. Comercio al por menor de pescados y de otros productos de la pesca y de la acuicultura y caracoles. 644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares, y de leche y productos lácteos.
645. Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas las clases.
647. Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general (excepto 647.4 y 647.5). 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
652. Comercio al por menor de medicamentos, artículos de droguería y limpieza, perfumería y cosméticos (excepto 652.1). 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción (excepto 653.4).
656. Comercio al por menor de bienes usados, tales como muebles, prendas y enseres comunes de uso doméstico 657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.
659. Otro comercio al por menor.
665. Actividades empresariales de comercio realizadas fuera del establecimiento permanente: «comercio minorista por correo o catálogo». No caso de comercio en línea, no será subvencionable la comercialización en línea de productos no comprendidos en el anexo II ni productos o servicios no comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia.
ANEXO III
- Preparación de las fibras de algodón (desmotado, cardado, peinado).
- Hilado retorcido del algodón y sus mezclas.
- Hilado del algodón y sus mezclas.
- Preparación de las fibras de lana (clasificación, lavado, cardado, peinado).
- Hilado y retorcido de lana y sus mezclas.
- Tejido de la lana y sus mezclas.
- Productos de la industria de la seda natural y sus mezclas.
- Preparación, hilado y tejido de las fibras artificiales y sintéticas.
- Fibras duras preparadas para el hilado.
- Subprodutos y productos residuales de la preparación de las fibras duras.
- Hilados y retorcidos de fibras duras y sus mezclas.
- Tejidos de fibras duras y sus mezclas.
- Fabricación de géneros de punto en pieza.
- Fabricación de calcetería.
- Fabricación de prendas interiores y ropa de dormir de punto.
- Fabricación de prendas exteriores de punto.
- Textiles blanqueados.
- Textiles teñidos.
- Textiles estampados.
436.1. Textiles blanqueados.
436.2. Textiles teñidos.
436.3. Textiles estampados.
436.9. Textiles aprestados, mercerizados el acabados de otra forma.
439.1. Cordelería.
439.2. Fabricación de fieltros, tules, encajes, pasamanería, etc.
439.3. Fabricación de textiles con fibras de recuperación.
451.1. Productos intermedios para la fabricación de calzado y servicios de acabado.
451.2. Calzado de calle fabricado en serie.
451.3. Zapatillas de casa, calzados especiales, polainas y similares, fabricados en serie.
452.1. Calzado de artesanía y a medida.
453. Confección en serie de toda clase de prendas de vestir y sus complementos. La ejecución de trabajos de diseño de modelos y patrones, cosido a máquina, de vainicas, plisados y otras actividades anexas a la industria del vestido no especificadas en otros epígrafes.
454.1. Confección de prendas de vestir hechas a medida.
454.2. Confección de sombreros y accesorios para el vestido.
Plazo de presentación: ABIERTO
28/08/2024 00:00 – 27/09/2024 23:59