PROCEDIMIENTO EXCEPCIONAL PARA LA OBTENCIÓN DE NIF POR ENTIDADES DE FORMA NO PRESENCIAL DURANTE LA VIGENCIA DEL REAL DECRETO 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
Para facilitar la gestión de la obtención de un NIF provisional durante el tiempo que se mantenga el estado de alarma, se ha desarrollado un sistema que permite prestar el servicio a los ciudadanos, sin necesidad de que deban efectuar la gestión presencialmente ni vean mermadas las garantías exigidas por la norma.
La presentación de la solicitud de asignación de NIF provisional a entidades sin exigir su personación en oficina, se admitirá en el Registro Electrónico de la Agencia Tributaria, en el tramite creado al efecto en su sede electrónica.