Ayuda nueva oportunidad a personas autónomas 2022

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:

  1. Personas autónomas o que hayan sido autónomas con anterioridad, y que quieren volver a emprender: Personas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional, en el período de 01/01/2022 a 30/10/2022, y que cumplan los siguientes requisitos:
    • Haber cotizado anteriormente a esta nueva alta por lo menos durante 3 meses ininterrumpidos en su vida laboral en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional.
    • Estar inscrita como persona demandante de empleo en los servicios públicos de empleo con carácter previo a la nueva alta y carecer de ocupación efectiva, no tener contrato laboral en vigor y encontrarse en tal situación en la fecha inmediatamente anterior a la de inicio de la actividad laboral.
    • Transcurrir un período mínimo de dos meses entre la nueva alta en la Seguridad Social y la anterior baja.
    • Tener el domicilio fiscal en algún ayuntamiento de Galicia y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia.
  2. Personas autónomas que quieren cambiar de sector de actividad: Personas que estén de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional, y hayan iniciado una nueva actividad en un sector distinto al anterior, en el período de 01/01/2022 a 30/10/2022, y que cumplan los siguientes requisitos:
    • Tener cotizado, anteriormente a esta nueva alta por lo menos durante 6 meses ininterrumpidos en su vida laboral, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional.
    • Tener un alta como persona trabajadora autónoma en un sector diferente al anterior, para lo cual se tendrá en cuenta el CNAE y el IAE (modelos 036 o 037).
    • Tener el domicilio fiscal en algún ayuntamiento de Galicia y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia.

En ambos casos los requisitos deberán cumplir bien en la fecha de la solicitud o bien en la fecha del inicio de la actividad, según el caso.

TIPOS DE AYUDAS:

  1. Para las que cesaron en su actividad y van a volver a emprender un negocio como personas trabajadoras autónomas y son demandantes de empleo en el momento previo a la nueva alta como persona trabajadora autónoma. Su finalidad es facilitar la vuelta a la actividad económica a la persona emprendedora a quien le fue mal en su anterior negocio pero que tiene la experiencia práctica y la iniciativa de volver a emprender, en el mismo o en diferente sector.
  2. Para las que estén de alta como personas trabajadoras autónomas y quieren volver a emprender en otro sector. La finalidad es facilitar el cambio de actividad económica a la persona emprendedora que desea cambiar su actividad, tiene la experiencia práctica y la iniciativa de volver a emprender y quiere hacerlo en otros sectores económicos como los considerados emergentes o vinculados a la economía circular, entre otros.

Los apoyos del programa se estructuran en dos bonos:

  • Bono alta nueva oportunidad para ayudar a la puesta en marcha del nuevo negocio. Altas desde
    01/01/2022 al 30/10/2022.
  • Bono formación y/o mentoring para acompañar y ayudar en la puesta en marcha del negocio.
    Mínimo de 40 horas de formación en las siguientes materias: formación gerencial, gestión comercial o financiera, marketing digital o cualquier otra que tenga relación directa con el negocio a emprender y así se justifique.
    Igualmente podrá contar con un mínimo de 40 horas, con el acompañamiento de una persona mentora, con trayectoria profesional y/o sectores de actividad similares al de la persona beneficiaria y que se ajuste a sus necesidades y características.
    El mínimo previsto de 40 horas podrá repartirse entre ambas actuaciones de formación y mentoring hasta conseguir ese mínimo. Podrá ser impartida por entidades públicas o privadas.
    Acciones ejecutadas con anterioridad a finalización período justificación que se establezca en resolución de concesión, o en todo caso, antes de 20/12/2022.

CUANTÍA DE LA AYUDA:

Bono alta nueva oportunidad: 9.000 €
Bono formación y/o mentoring: 1.600 €
Ayuda máxima total: 10.600 €

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Plazo hasta el 31/10/2022 o hasta agotar presupuesto disponible.