¿Para quién?
Para las personas físicas: asalariados, autónomos, y beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo en 2022.
Requisitos:
- Tener residencia habitual en España en 2022 (permanecer más de 183 días o que radique el núcleo principal de las actividades).
- Que en 2022 no se superen 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).
Para el cálculo se sumarán las rentas y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros; y ascendientes hasta segundo grado por línea directa. - Que a 31 de diciembre de 2022 no se perciba el Ingreso Mínimo Vital / Ayuda a la infancia o una pensión de la Seguridad Social (régimen general o especial).
- Que en 2022 ninguno de los convivientes mencionados fuesen administradores de una sociedad activa, titulares de acciones o participaciones no cotizadas.
¿Para quién?
Para las personas físicas: asalariados, autónomos, y beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo en 2022.
¿ Quien no tiene derecho a la ayuda?
No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022, perciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o una pensión o las rentas obtenidas en 2022 (incluidas las que perciban los convivientes) excedan de 27.000 euros íntegros
¿Dónde y cómo se solicita?
- En la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital cubriendo el formulario de solicitud.
- A través de la Asesoría, con certificado digital
Requisito indispensable
- Tener certificado digital
Plazo de solicitud:
Hasta el 31 de marzo de 202
Precio Solicitud:
- Gratis para los clientes de Dilu
- 20€+ iva, para los no clientes de la asesoria