Beneficiarios:
Las personas trabajadoras autónomas que residan y tengan domicilio fiscal en Galicia, que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses y que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF, anual inferior a 30.000 € y una facturación mínima anual de 12.000 €, IVA Incluido, declarados en el año anterior a la convocatoria.
Gastos Subvencionables:
Entre los servicios que se podrán financiar se encuentran:
A) PROFESIONALIZACIÓN:
– La mejora de la gestión financiera
– La captación de financiamiento
– La optimización de procesos de producción y cadena logística (Iso 9001, Iso 14001, ERP – Software de gestión integral de la empresa, CRM – software de gestión de clientes, …)
– Relanzamiento comercial
– Imagen y comunicación (diseño corporativo, presencia en redes sociales, …)
– Posicionamiento web
B) DESARROLLO ESTRATÉGICO:
– Plan de mejora empresarial
– Márketing
– Redefinición del modelo de negocio
– Identificación de posibles socios o creación de redes de cooperación.
También será subvencionable cualquier otro servicio o actividad non incluida en los apartados anteriores que puedan ser considerado como dirigido a la mejora de la competitividad
Los gastos serán realizados desde el día siguiente a la publicación de la orden y hasta el 20 de diciembre.
Plazo de Solicitudes:
- Desde el día 1 de agosto hasta el 31 de agosto, ambos inclusive.
- Las ayudas se concederán directamente por orden de presentación de solicitud a aquellos que cumplan los requisitos
- La presentación de la solicitud será telemática con certificado digital o llave 365
Cuantía de la Subvención:
Se dispondrá de un adelanto del 100% de la ayuda, ascendiendo la misma hasta 3.000 €
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