OBJETO:
Subvenciones para inversiones en empresas (nuevas o existentes), transformación de productos agrarios/forestales o actividades no agrarias en el rural.
BENEFICIARIOS:
- Personas físicas (autónomos/as)
- Empresas privadas (micro y pequeñas empresas)
- Asociaciones y otras entidades jurídicas privadas.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
- Inversiones en el sector de la producción agraria primaria.
- Inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios.
- Inversiones en transformación y comercialización de productos forestales
- Inversiones que supongan la creación, modernización o ampliación de empresas que desarrollen actividades no agrarias.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles.
- Adquisición de terrenos (con limitaciones).
- Adquisición de maquinaria y equipos nuevos.
- Inversiones en intangibles.
- Costes generales vinculados a los gastos de inversión.
- Gastos notariales y registrales, gastos de expedición de permisos y licencias, adquisición de patentes y licencias, derechos de autor y marcas registradas.
- Medios y equipos de transporte.
BONO ACTIVA RURAL:
Ayuda destinada a la creación y puesta en marcha de actividades no agrarias en zonas rurales por parte de personas físicas que se den de alta en el RETA. La ayuda no estará vinculada a la justificación de ningún gasto o inversión, sino que se vincula al mantenimiento de la actividad y al cumplimiento del plan empresarial presentado durante al menos 5 años.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS:
- Los proyectos no deben de estar iniciados antes de solicitar la ayuda.
- Plazos de ejecución desde el acta de no inicio hasta:
o Anualidad 2026: 30/12/2026
o Anualidad 2027: 01/07/2027
o Anualidad 2028: 15/09/2028
CUANTÍA DE LA AYUDA:
- LEADER: La ayuda será de entre el 15% y el 50% de la inversión, siendo la cuantía máxima de la ayuda de 200.000€ por proyecto.
- BONO ACTIVA: 18.000€ a pagarse en tres anualidades.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Hasta el 06/04/2026
OTROS DATOS DE INTERÉS:
Ayuda en régimen de minimis.
Concurrencia competitiva (por puntuación, hay que alcanzar un mínimo según el correspondiente GDR).
