Ayudas programa EMEGA 2023 – LINEA EMPRENDE – SI429A

DESCRIPCION:

Son ayudas que tienen como finalidad apoyar la puesta en marcha, la mejora y la reactivación de iniciativas empresariales constituidas por mujeres, junto con medidas complementarias para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el acceso a servicios específicos de información, asesoramiento y orientación empresarial con el objeto de facilitar la implantación y consolidación de los proyectos empresariales promovidos por mujeres.
Podrán ser beneficiarias las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen su plan Activa en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 7 de agosto de 2023. En concreto: las personas autónomas (se excluyen las autónomas colaboradoras) y empresas (microempresas y pequeñas empresas), así como las comunidades de bienes, sociedad mercantil, las sociedades civiles, cooperativa y sociedad laboral; formadas por mujeres emprendedoras, con domicilio social y fiscal, y establecimiento de producción en Galicia. En el caso de sociedades, la administración de la empresa tiene que ser ejercida por una mujer y en cuanto al capital social debe pertenecer únicamente a mujeres cuando se trate de microempresas, y estar mayoritariamente suscrito por mujeres en el caso de pequeñas empresas (excepto por la línea ITEF).

OBJETO:

Son ayudas que tienen como finalidad estimular la puesta en marcha de iniciativas empresariales y la creación de empleo femenino por cuenta propia y ajena.

REQUISITOS:
  • Empresas privadas (autónomas, sociedades mercantiles, sociedades laborales, cooperativas, comunidades de bienes y sociedades civiles) formadas por mujeres que inicien su actividad (alta IAE) entre el 01/08/2022 y el 07/08/2023.
  • Microempresa o pequeña empresa con domicilio social y fiscal en Galicia.
  • En las empresas de tipo societario, la administración de la empresa tiene que ser ejercida por una mujer y el capital social debe pertenecer únicamente a mujeres cuando se trate de microempresas y estar mayoritariamente suscrito por mujeres en el caso de pequeñas empresas (excepto por la línea ITEF).
  • Las promotoras deben estar dadas de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social entre el 01/08/2022 y el 07/08/2023; y estar vinculadas laboralmente a la empresa, desarrollando de forma habitual su actividad profesional.
  • El proyecto tiene que suponer la creación de los puestos de trabajo de todas las promotoras.
  • Las promotoras antes de iniciar la actividad tienen que estar desempleadas. En el caso de empresas con más de una promotora esta condición la deberán cumplir como mínimo el 50%
  • Las promotoras no pueden haber desarrollado la misma actividad empresarial o similar en los últimos 3 años con respecto al inicio de la nueva actividad.
  • En el caso de creación de empleo para trabajadoras por cuenta ajena (contratos indefinidos), las altas deben estar comprendidas entre el 01/08/2022 y el 17/11/2023.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS:
  • Empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora: Incentivos de 10.000€.
  • Empresas que creen dos puestos de trabajo para mujeres por cuenta propia o ajena (contratos indefinidos) incluyendo el de las promotoras: Incentivos de 16.000€.
  • Empresas que creen tres puestos de trabajo para mujeres por cuenta propia o ajena (contratos indefinidos) incluyendo el de las promotoras: Incentivos de 20.000€.
  • Empresas que creen cuatro o más puestos de trabajo para mujeres por cuenta propia o ajena (contratos indefinidos) incluyendo el de las promotoras: Incentivos de 22.000€.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Hasta el 7 de agosto de 2023.