Plazo Solicitud
21/07/2021 – 18/08/2021
PROGRAMA DE INVENTIVOS PARA LA TRANSFORMACIÓN DE CONTRATOS TEMPORALES EN INDEFINIDOS.
BENEFICIARIOS.
– Personas físicas (autónomos/as) y empresas privadas, independientemente de su forma jurídica, las comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas, sociedades laborales y las personas emprendedoras que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional.
– Las empresas solicitantes afectadas por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) deberán haber reiniciado su actividad económica con la incorporación de la totalidad del personal afectado por el ERTE y restableciendo la jornada laboral preexistente.
– Comprenderá la transformación en indefinidos de los contratos ya formalizados junto con sus prórrogas, de ser el caso, en cualquiera de las modalidades contractuales vigentes en el período comprendido desde el 1 de enero hasta el 13 de agosto de 2021 realizados a personas trabajadoras empadronadas en el municipio de Vigo, al menos desde el 1 de octubre de 2020 para prestar servicios en el mismo.
– La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda tendrá formalizado un contrato previo de 3 ó más meses de duración y con una jornada laboral superior o igual a 20 horas semanales o al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el correspondiente convenio de aplicación. La jornada laboral del contrato indefinido que se subscriba tendrá una duración igual o superior a 20 horas semanales o al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el correspondiente convenio de aplicación.
REQUISITOS.
– El/La beneficiario/a no podrá recibir ninguna otra ayuda o subvención por la misma contratación, de cualquier otra entidad pública o privada, estatal o internacional.
– Los contratados han de estar empadronados en el municipio de Vigo al menos desde el 1 de octubre de 2020.
– La jornada del nuevo contrato indefinido será superior o igual a la jornada del contrato temporal del que deriva.
– El contrato temporal inicial tendrá una jornada superior o igual a 20 horas semanales o al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el correspondiente convenio de aplicación (excepto en la modalidad de fijo-discontinuo).
TIPOS Y CUANTÍAS DE LA AYUDA.
1. Persona trabajadora empadronada en Vigo: 2.000.000 €
INCREMENTO POR COLECTIVO*
2. Menor de 30 años o mayor de 45: 500 €
3. Mujer: 500 €
4. Víctima de violencia de género: 500 €
(*la ayuda por colectivo es acumulativa)
1. Persona emprendedora antónoma y micropyme: 500 €
(*plantilla inferior a 10 trabajadores y negocio inferior a 2 millones de €)
El límite máximo de subvención por empresa es de 10.000 €.
Es deber del beneficiario comunicar al ayuntamiento cualquier modificación de las condiciones laborales, mantener la jornada de trabajo de la persona empleada, tener al empleado contratado durante 2 años desde la transformación de su contrato.
Adjuntamos la base reguladora publicada en el BOPPO para más información, condiciones, documentación relativa a la solicitud y tramitación de pago.
PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN
– Personas físicas (autónomos/as) y empresas privadas, independientemente de su forma jurídica, las comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas, sociedades laborales y las personas emprendedoras que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional.
– Esta modalidad comprenderá la contratación, con una duración mínima de 3 meses, de personas desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia (SPEG) en el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 13 de agosto de 2021, que resulten seleccionadas entre las candidaturas remitidas desde la unidad de Desarrollo Local y Empleo del Ayuntamiento de Vigo y desde el Servicio Público de Empleo de Galicia (SPEG) para lo que, previamente, se les remitirá la correspondiente oferta de empleo.
– La duración de la jornada de trabajo que no será inferior a 20 horas
semanales o al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el correspondiente convenio.
– Las empresas solicitantes afectadas por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) deberán haber reiniciado su actividad económica con la incorporación de la totalidad del personal afectado por el ERTE y restableciendo la jornada laboral preexistente.
REQUISITOS.
– El/La beneficiario/a no podrá recibir ninguna otra ayuda o subvención por la misma contratación, de cualquier otra entidad pública o privada, estatal o internacional.
– Los contratados han de estar empadronados en el municipio de Vigo al menos desde el 1 de octubre de 2020.
– Las empresas solicitantes afectadas por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) deberán haber reiniciado su actividad económica con la incorporación de la totalidad del personal afectado por el ERTE y restableciendo la jornada laboral preexistente.
– Las personas trabajadoras contratadas en las modalidades de prácticas o para la formación y el aprendizaje no
podrán sustituir a otras personas trabajadoras que estuviesen contratadas en los tres meses anteriores en la empresa
bajo la misma modalidad contractual para ocupar el mismo puesto de trabajo, salvo que aquellas relaciones laborales se
extinguiesen por alcanzar la duración máxima prevista en la legislación laboral de aplicación.
TIPOS Y CUANTÍAS DE LA AYUDA.
CONTRATACIONES
1. Persona desempleada: 3 meses/1.500 €, 6 meses/3.000 €, +9 meses/4.500 €
INCREMENTO POR COLECTIVO*
1. Primer empleado/a: 3 meses/200 €, 6 meses/400 €, +9 meses/500 €
2. Menores 30 / Mayores 45: 3 meses/200 €, 6 meses/400 €, +9 meses/500 €
3. Mujer: 3 meses/200 €, 6 meses/400 €, +9 meses/500 €
4. Persona con discapacidad: 3 meses/200 €, 6 meses/400 €, +9 meses/500 €
5. Colectivo en riesgo / exclusión social: 3 meses/200 €, 6 meses/400 €, +9 meses/500 €
6. Participante programas de la concejalía: 3 meses/200 €, 6 meses/400 €, +9 meses/500 €
7. Víctima violencia género: 3 meses/200 €, 6 meses/400 €, +9 meses/500 €
Importe Máximo Total: 3 meses/1.900 €, 6 meses/3.800 €, +9 meses/5.500 €
1. Persona emprendedora antónoma y micropyme: 500 €
(*plantilla inferior a 10 trabajadores y negocio inferior a 2 millones de €)
(*el incremento de la ayuda por colectivo NO será acumulativo, exceptuando VVD).
Los importes de la tabla corresponden a contratos a jornada completa.
La jornada laboral del contrato tendrá una duración igual o superior a 20 horas semanales o al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el correspondiente convenio de aplicación
El límite máximo de subvención por empresa es de 10.000 €.
Es deber del beneficiario comunicar al ayuntamiento cualquier modificación de las condiciones laborales, mantener la jornada de trabajo de la persona empleada, tener al empleado contratado durante 2 años desde la transformación de su contrato.
La empresa beneficiaria ha de tener un cómputo global estable con con tendencia creciente, salvo causa justificada.
Adjuntamos la base reguladora publicada en el BOPPO para más información, condiciones, documentación relativa a la solicitud y tramitación de pago.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio tras su aprobación por la Junta de Gobierno Local y la publicación de las presentes bases reguladas en el BOP, en el portal de transparencia y en la página web del Ayuntamiento de Vigo (www.vigo.org) y la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el portal de transparencia y en la página web del Ayuntamiento de Vigo (www.vigo.org). La publicación del extracto enviado a la BDNS en el Boletín Oficial de la Provincia determinará el inicio del plazo para la presentación de solicitudes.