IN848D – Ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia (Planes de Innovación).

AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA CAPACIDAD DE INNOVACIÓN DE LAS EMPRESAS EN GALICIA, A TRAVÉS DE LA FINANCIACIÓN DE LAS ACTIVIDADES INTEGRADAS EN PLANES DE DISEÑO PARA LA INNOVACIÓN Y LA SOSTENIBILIDAD Y PLANES DE INNOVACIÓN EN PROCESOS Y ORGANIZACIÓN – PROGRAMA DESEÑAPEME (IN848E) E INNOVAPEME ( IN848D) – DOG núm 31 de 13 de febrero de 2024

Beneficiarios

Microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las entidades del tercer sector de acción social válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda. Las entidades del tercer sector deben tener actividad económica y entrar dentro de la categoría económica de pyme indicada en el punto 3 del artículo 2.

Exclusiones:

  1. Para la línea 1: las pymes que hayan resultado beneficiarias de una ayuda en el programa Deseña Peme del año 2022 (Resolución de 5 de abril de 2022, DOG núm. 76, de 21 de abril), o en la línea 1 de la convocatoria 2023 (Resolución de 29 de junio de 2023, DOG núm. 132, de 12 de julio) y no hayan presentado renuncia expresa a esta con posterioridad a su resolución de concesión.
  2. Para la línea 2: pymes que ya hayan resultado beneficiarias de una ayuda en el programa Innovapeme del año 2021 (Resolución de 8 de octubre de 2021, DOG núm. 203, de 21 de octubre) o del año 2022 (Resolución de 4 de abril de 2022, DOG núm. 73, de 18 de abril), o de la línea 2 de 2023 (Resolución de 29 de junio de 2023, DOG núm. 132, de 12 de julio), y no hayan presentado renuncia expresa a esta con posterioridad a su resolución de concesión.
  3. Las pymes en crisis conforme a la definición contenida en el artículo 2.3 de esta convocatoria. La Agencia Gallega de Innovación realizará las comprobaciones necesarias para garantizar que las empresas beneficiarias tienen la condición de pyme, y que se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio, de la Comisión, para considerar a una empresa en crisis.
  4. Las pymes en las cuales concurra alguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, ni aquellas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  5. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que no cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley general de subvenciones. En particular, las entidades que incumplan los plazos de pago a los que se refiere el artículo 13.3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  6. Las asociaciones, las fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro, a excepción de las entidades del tercer sector de acción social señaladas en el artículo 4 y de conformidad con la definición del artículo 2.
  7. Las entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las administraciones públicas, así como aquellas pertenecientes a la Administración institucional, cualquiera que sea la administración en la que se integren.
  8. Cualquier ente, organismo o entidad con personalidad jurídica propia, que se hayan creado específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos pertenecientes al sector público financien mayoritariamente su actividad, controlen su gestión, o nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público

Proyectos Subvencionables

  • Planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad (línea 1-Deseñapeme), que comprenden aquellos procesos destinados a la resolución de problemas y exploración de oportunidades, puede incluir innovaciones no tecnológicas o tecnológicas, y tiene un alcance o aplicación en los campos de creación de nuevos productos, diseño de productos o rediseño de existentes, diseño de servicios y experiencias a través de los servicios, y la estrategia de marca y posicionamiento de esta. Así como las actividades de apoyo y asesoramiento en materia de innovación que la complementan.
  • Planes de innovación en procesos y organización (línea 2-Innovapeme), constituidos por un conjunto completo y coherente de actividades enfocadas a implementar mejoras significativas en las funciones empresariales relacionadas con la producción, prestación y distribución de productos, bienes y servicios, así como en los métodos organizativos y prácticas comerciales empleadas por la empresa, y que permitan incrementar la capacidad innovadora dando lugar a diferencias sustanciales, no exclusivamente tecnológicas, con las prácticas anteriores.

Actividades Subvencionables

Cada solicitud podrá incluir una o ambas líneas. Cada línea contemplará actividades diferenciadas que estarán incluidas en planes:

  1. PLAN DE DISEÑO para la innovación y la sostenibilidad (en el caso de la línea 1)
  2. PLAN DE INNOVACIÓN en procesos y organización (en el caso de la línea 2)

Requisitos comunes de los planes:

  1. Constituirán un conjunto completo y coherente de actividades para cada una de las líneas, incluidas en las respectivas memorias descriptivas de la solicitud, y permitirán implementar y/o incrementar las capacidades innovadoras de la empresa solicitante.
  2. El presupuesto subvencionable para cada plan será de un mínimo de 50.000 euros y de un máximo de 150.000 euros por plan. La presentación de un plan con un presupuesto fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda.
  3. La duración máxima de cada plan será hasta el 30 de septiembre de 2025; la presentación de un plan con una duración fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda. Además, en la línea 2, los planes deberán tener una duración mínima de 12 meses.
  4. Solamente se financiarán las actividades desarrolladas en la CCAA gallega.
  5. Será requisito indispensable para ser elegible el alineamiento del proyecto con los retos, prioridades y ámbitos de priorización de la Estrategia de Especialización de Galicia (RIS3).
  6. Puntuación mínima exigida para ser beneficiario (50 puntos).

1. LINEA 1. PLAN DE DISEÑO (DISEÑAPEME)

  1. Se introducirán un conjunto de actividades que constituyan un conjunto completo y homogéneo de fases que permita implementar o incrementar las capacidades de diseño de la empresa solicitante.
  2. Las fases, con sus actividades correspondientes, deben implicar el desarrollo de las mismas y las opciones desglosadas, tal y como se describe a continuación:
    • b.1) Diseño de producto. Concepción y desarrollo de productos, que se perciban en el mercado como nuevos o, en el caso de rediseño de los ya existentes, que se aprecie una mejora sustancial. Los proyectos que se presenten en esta línea deberán exponer el diseño o rediseño de un solo producto o de una sola gama concreta de producto. Para ello las actividades subvencionables de cada una de las fases del proyecto de diseño deberán incluir:
      • • Fase I: análisis, estrategia y conceptualización.
        Esta fase tiene como objetivo el análisis del contexto del proyecto, la definición de claves para el diseño y la materialización de soluciones en forma de conceptos visuales. Esta fase deberá comprender, como mínimo, las siguientes actividades:
  • 1.1. Análisis de la organización interna de la empresa y del diseño de sus estrategias, posicionamientos y cartera de productos, en los siguientes ámbitos:
    • Producto: productos de referencia, productos sustitutivos, competencia, análisis de valor.
    • Tecnológico: definición de condicionantes técnicos, funcionales y dimensionales.
    • Económico-productivo: canal comercial, punto de venta, materiales y procesos. Coste objetivo e inversiones.
    • Usuario–cliente: definición y priorización de targets, factores de valor, ergonomía aplicable y entorno de uso.
  • 1.2. Briefing: resumen del posicionamiento, insights y keys de diseño. Objetivos y especificaciones de diseño.
  • 1.3. Conceptualización-brainstorming: conceptos y estilo del producto con base en soluciones asociadas a objetivos; presentación de conceptos de producto-estilo asociado a una aproximación a costes e inversiones; selección final.
  • • Fase II: Diseño de detalle y desarrollo.
    Esta fase tiene como objetivo definir íntegramente el diseño a partir del concepto seleccionado en la fase I, así como de su arquitectura general y despiece, tanto desde el punto de vista estético, funcional, técnico/productivo cómo económico. Esta fase deberá comprender, como mínimo, las siguientes actividades:

    • 2.1. Diseño de detalle:
      • 2.1.1. Diseño funcional y dimensional del producto: análisis de todos los usos para garantizar el correcto funcionamiento y la interacción con el usuario. Definición de la arquitectura de producto y despiece.
      • 2.1.2. Selección de materiales, procesos y componentes.
      • 2.1.3. Refinamiento estético (ajuste de proporciones y encuentros entre los diferentes componentes).
      • 2.1.4. Diseño de gráfica aplicada. Selección de acabados. Integración de la marca.
    • 2.2. Desarrollo:
      • 2.2.1. Definición técnica de los diferentes componentes (adecuación a cada proceso productivo y optimización del montaje y transporte).
      • 2.2.2. Desarrollo de los diferentes sistemas y mecanismos; modelado 3D de las piezas y generación de planos para producción.
  • • Fase III: preindustrialización.
    Esta fase tiene como objetivo integrar todas las mejoras necesarias en las diferentes piezas y componentes del producto. Se elaborará el material necesario para la contratación de útiles o moldes de fabricación y la producción de los diferentes componentes para su producción seriada. Esta fase deberá comprender, como mínimo, las siguientes actividades:

    • 3.1. Análisis de secuencia de ensamblaje y puntos críticos de ajuste.
    • 3.2. Diseño y modelado 3D de piezas para producción.
    • 3.3. Soluciones para manteamiento y reparación.
    • 3.4. Especificaciones de montaje.
      En los proyectos de diseño de producto que se presenten a esta convocatoria, también se podrán contemplar otras disciplinas del diseño que se interrelacionen para la consecución del resultado final de dicho proyecto, son las siguientes:

      • Diseño circular: mediante esta línea de subvención se pretende impulsar el diseño circular de cara a conseguir nuevos productos sostenibles. Esta convocatoria pretende poner en marcha nuevas soluciones sostenibles para contribuir a la transición ecológica mediante el diseño de nuevos productos.
      • Diseño digital: en los casos en los que el diseño del producto suponga el desarrollo de diseños digitales, podrán ser incluidos como actividad subvencionable siempre que estén asociados al nuevo producto.
      • Diseño de identidad de producto: los proyectos podrán incluir elementos de identidad gráfica, envase, embalaje y comunicación siempre que estén asociados al nuevo producto.
  • b.2) Diseño de servicios y experiencias. Concepción y desarrollo de servicios y experiencias, que se perciban en el mercado como nuevos o, en el caso de rediseño de los ya existentes, que se aprecie una mejora sustancial. Para ello las actividades subvencionables de cada una de las fases del proyecto de diseño deberán incluir:
    • • Fase I: análisis, estrategia y conceptualización.
      Análisis de la organización interna de la empresa y del diseño de sus estrategias, posicionamientos y cartera de servicios y su interrelacción. En esta fase se analizará el contexto del proyecto de diseño, se establecerán las claves del diseño y las soluciones se materializarán en forma de concepto.
    • • Fase II: diseño de detalle y desarrollo.
      Procedimientos para la ejecución del diseño del servicio seleccionado y prototipos del nuevo diseño, para ello es necesario definir íntegramente el diseño partiendo del concepto seleccionado en la fase I, así como su arquitectura general, desde el punto de vista estético, funcional, técnico/productivo y económico.
      En los proyectos de diseño de servicios y experiencias que se presenten a esta convocatoria, también se podrán contemplar otras disciplinas del diseño que se interrelacionan para la consecución del resultado final de dicho proyecto. Son las siguientes:

      • Diseño digital: en los casos en los que el diseño del servicio suponga el desarrollo de diseños digitales, podrán ser incluidos como actividad subvencionable siempre que estén asociados al nuevo servicio.
      • Diseño de identidad de servicio: los proyectos podrán incluir elementos de identidad gráfica y comunicación siempre que estén asociados al nuevo servicio.
  • b.3) Diseño de marca e identidad corporativa. Este ámbito del diseño tiene como objetivo formular la identidad corporativa y marca de las empresas y su interrelación con sus productos y servicios y del diseño como parte significativa de ellas.
    Para ello las actividades subvencionables de cada una de las fases del proyecto de diseño deberán incluir:

    • Fase I: Análisis, estrategia y conceptualización.
      • 1.1. Análisis interno y externo. Este análisis tiene como objetivo la valoración general de la situación en cuanto a la identidad de la empresa, de su marca o marcas, sus productos, servicios y de sus soportes y métodos de comunicación y su relación, así como la valoración de como todo ello es percibido por el usuario/cliente. Para ello se realizará un análisis en profundidad de la:
        • Estrategia de la empresa; sector; posicionamiento; unidades de negocio, segmentos de mercado; cartera de productos y servicios.
        • Estructura de marcas, la fuerza y la potencialidad de las mismas y públicos clave.
        • Planes y actuaciones internas y externas de comunicación, los elementos utilizados o a través de los que se proyecta dicha comunicación (oficinas, fachadas, rótulos, vehículos, catálogos, folletos, manuales técnicos, envases y envoltorios de los productos, etiquetas, papelería, internet etc), los procedimientos de relación externa (protocolos de atención al cliente y/o servicio postventa, relaciones públicas).
      • 1.2. Propuesta de diseño conceptual de la identidad corporativa. Propuesta de diseño de identidad coherente y realista para la empresa en sus diferentes niveles (empresa, marca y producto/servicio) y elementos de actuación, que persiga la eficacia ante sus diferentes públicos clave.
    • Fase II: diseño de detalle y desarrollo.
      El pliego de especificaciones deberá incluir la definición del proyecto, los objetivos de diseño, junto con la información relevante para cada proyecto: valores a transmitir, que esperan y valoran los distintos públicos clave, las marcas existentes, los productos, los elementos de comunicación, soportes y packaging utilizados; así como información sobre el mercado, y sobre las restricciones técnicas y de coste que resulten significativas.
      El diseño gráfico, la identidad visual, el packaging, los soportes digitales etc son una parte relevante del branding que hace tangible su estrategia para las personas y para el mercado.
      Se potenciará que los diseños de esta identidad representen valores sostenibles e innovadores asociados a la empresa-marca y producto-servicio

2. LÍNEA 2. PLAN DE INNOVACIÓN EN PROCESOS Y ORGANIZACIÓN (INNOVAPEME).

El desarrollo de estas actividades permitirán incrementar la capacidad innovadora de las empresas, introduciendo innovaciones significativas que mejoran la eficiencia productiva y de las que se deriven ventajas competitivas en el mercado tanto cuantitativas como cualitativas. Las actuaciones deben circunscribirse al estudio, diseño, puesta en marcha y validación de las innovaciones a nivel de pilotos o demostrativos, con la finalidad de diferenciar estos de las implantaciones con carácter productivo y comercial en la empresa, que tendrían la consideración de actuaciones y costes corrientes.

  • 1) Actividades de innovación
    • 1. Auditoría/consultoría en producto/servicio. Análisis de la cartera de productos/servicios dirigidos a adecuar las actividades de innovación en procesos y organización, se podrán incluir análisis para la innovación en producto o servicios y marca siempre que la entidad no solicite en esta misma convocatoria a línea 1 de planes de diseño.
    • 2. Estudios de viabilidad técnica e industrial, económica y/o de mercado previos al desarrollo de producto/servicio; estudios de satisfacción y detección de necesidades de los mercados.
    • 3. Protección de la propiedad industrial:
      • Elaboración de estudios del estado del arte previos a la gestión de la propiedad industrial (incluido el estudio de secreto industrial), a la solicitud de patentes, modelos de utilidad y otras licencias; vigilancia y prospectiva tecnológica.
      • Gestión de la solicitud nuevas patentes, modelos de utilidad, y otras licencias. Se excluyen el mantenimiento y ampliación de las existentes.
    • 4. Asesoramiento para la transferencia de tecnología.ç
    • 5. Obtención de certificaciones de normas oficiales vinculadas a los objetivos innovadores presentados en la memoria técnica de la solicitud, a modo indicativo, la especificación EA0047 «Requisitos para a consideración como pequeña o mediana empresa innovadora», EA0043 «Requisitos de joven empresa innovadora. JEI» y las incluidas en la serie de Normas UNE 166000 dedicadas a apoyar la optimización de la «Gestión de la I+D+i» y otras certificaciones específicas que se consideren adecuadas para el desarrollo de la actividad empresarial innovadora dentro del plan (entre ellas, la certificación de empresa emergente «startup», prevista en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre).
    • 6. Asesoramiento para la gestión de proyectos colaborativos de I+D+i.
    • 7. Asesoramiento para el acceso a la financiación de la innovación a través de instrumentos financieros y ayudas públicas, así como fondos de capital riesgo.
  • 2) Innovación en procesos.
    Una innovación de procesos hace referencia a un proceso nuevo o mejorado para una o más funciones de negocio difieren significativamente del proceso de negocio anterior de la empresa y que se ponen en uso por primera vez en la empresa. La innovación tiene un alcance o percepción a nivel de empresa, siendo para esta la novedad o mejora significativa, aunque no lo sea para su sector o mercado. Tampoco influye si la innovación fue desarrollada inicialmente por la empresa o por otras entidades. A continuación, se listan ejemplos de innovaciones en procesos:

    • Métodos de fabricación o producción de bienes o servicios innovadores, incluyendo ingeniería y pruebas técnicas de soporte a la producción. También incluye las actividades para alcanzar, identificar, desarrollar o adaptar procesos. Esta función puede ser llevada a cabo de forma sistemática o adhoc, tanto dentro de la empresa como externamente
    • Sistemas logísticos o métodos de entrega o distribución: transporte y servicios de entrega, almacenaje y gestión de pedidos.
    • Métodos de procesamiento de información o comunicación con intensificación tecnológica.
    • Métodos de contabilidad u otras operaciones administrativas.
    • Métodos de marketing para promoción, embalaje, fijación de precios, posicionamiento del producto o servicios postventa. Se admitirán actuaciones de definición o testeo de innovaciones en nuevos procesos o significativamente mejorados con esta finalidad. No se admitirán implementaciones finalistas y por tanto directamente vinculados a objetivos y retornos comerciales.
    • Innovaciones en procesos con beneficios medioambientales que generan impactos medioambientales positivos o reduce los negativos, en comparación con los anteriores de la empresa. El beneficio medioambiental puede ser el objetivo principal de la innovación o a consecuencia de otros objetivos. Este beneficio puede ocurrir durante la producción de un bien o servicio, su consumo o uso por el usuario final (individuo, empresa, Administración pública…), e incluye, entre otros: la reducción del uso de material, agua, energía, huella de carbono; la reducción de la contaminación (suelo, acústica, agua o aire); la sustitución de materiales por otros menos contaminantes o peligrosos, así como energías más limpias; o reciclaje de productos/materiales o extensión de la vida útil.
    • Testado a escala preindustrial y pilotos de tecnologías facilitadoras (TFE) relacionadas con la: fotónica, micro-nanoelectrónica, nanotecnología, biotecnología, materiales avanzados y fabricación y procesamiento avanzado, en las que se incluyen específicamente:
      • Tecnologías que conecten el mundo físico con el digital:
        •  Realidad aumentada, visión artificial y otras tecnologías similares empleadas en procesos.
        •  Impresión en 3D en aplicaciones específicas con materiales o procesos de alta intensidad tecnológica.
        •  Automatización avanzada y robótica.
        •  Internet de las cosas aplicadas a mejoras de procesos o a sistemas complejos.
      •  Tecnologías que permitan la comunicación y el tratamiento de datos con intensificación tecnológica (quedan excluidas las TIC de uso común).
      • Ciberseguridad.
      • Tecnologías que faciliten la gestión inteligente de las operaciones, así como el trabajo colaborativo.
  • 3) Innovación en organización.
    Una innovación de organización hace referencia a un método nuevo o mejorado para una o más funciones relativas a la organización empresarial y sus interacciones, que difieren significativamente de métodos anteriores de la empresa y que se ponen en uso por primera vez en la empresa. La innovación tiene un alcance o percepción a nivel de empresa, siendo para esta la novedad o mejora significativa, aunque no lo sea para su sector o mercado.

    • 1. Diseño y desarrollo de nuevos procesos de organización que impacten, entre otros: en los métodos de producción, distribución, así como la experiencia del usuario, tanto en el sector industrial como de servicios.
    • 2. Validación, a través de pilotos, de nuevos métodos organizativos en el negocio, en la organización del trabajo, entre las que figuran la definición e introducción de nuevas iniciativas de innovación que supongan cambios en la gestión interna de la organización interna de la empresa y propicien su participación en redes empresariales. Entre otras: gestión estratégica y general de la empresa (toma de decisiones transversal) incluyendo la responsabilidad de organización de trabajo, gobierno corporativo (legal, planificación y relaciones públicas), etc.
    • 3. Validación a través de pilotos de implantación de metodologías de mejora de la gestión del conocimiento y de organización de responsabilidad laboral, toma de decisiones y gestión de recursos humanos: formación, contratación de personal, organización del lugar de trabajo, contratación de personal temporal, gestión de nóminas y servicio médico y de prevención.
    • 4. Validación a través de pilotos de implementación de nuevos métodos organizativos en la organización de las relaciones hacia el exterior, entre ellas:
      • 1. Establecimiento de relaciones de cooperación e innovación abierta.
      • 2. Redefinición de las estrategias de comercialización y relación con clientes y proveedores o la apertura de nuevos mercados. No se incluyen las actuaciones relativas a la comercialización que no puedan ser considerados pilotos de innovación
    • 5. Creación de departamentos/unidades de I+D+i (salvo en el caso de personas beneficiarias de convocatorias anteriores del Programa Innovapeme en los que ya se hubiera financiado la creación de estas unidades):
      • 1. a) Creación y ampliación de la capacidad tecnológica estable dentro de las empresas mediante la contratación de personal especializado.
      • 2. b) Creación de estructuras de investigación e innovación de dimensión apropiada para la generación de desarrollo tecnológico y no asociadas a la actividad productiva

Conceptos Subvencionables

  1. Costes de personal, propio o de nueva contratación, se regirán por lo dispuesto en el artículo 9 de esta convocatoria. Se subvencionará un máximo de cinco personas dedicadas en cada plan, incluyendo tanto el personal propio como el de nueva contratación. En el caso de personal propio, el coste podrá ser, como máximo, el 50 % del coste subvencionable total del plan. Solo en el caso de microempresas podrán subvencionarse los costes de personal directivo y de gerencia que realice actividades del plan cuando se retribuyan a través de nómina y con una dedicación máxima del 30 %
  2. Costes de adquisición de propiedad industrial: corresponden exclusivamente a la adquisición de licencias de propiedad industrial, que deberán ser adquiridas u obtenidas de fuentes externas, siempre y cuando la operación se realice en condiciones de plena competencia y sin elemento ninguno de colusión.
  3. Costes de material, suministros y productos similares que deriven directamente del desarrollo del proyecto de diseño y que deberán estar especificados en la memoria presentada en la solicitud. Entrarán en este concepto de gasto las licencias de software mediante suscripción, pago por uso, o similar. Los costes de material de oficina y consumibles informáticos no se financiarán en este concepto. Los costes de material de oficina y consumibles informáticos no se financiarán en este concepto.
  4. Subcontrataciones: aquellas actuaciones contratadas con terceros, que supongan la ejecución de una parte de las actividades incluidas en el plan que constituye el objeto de la subvención. Se regirán por lo dispuesto en el artículo 11 de esta convocatoria. La subcontratación máxima será del 50 % del importe elegible del plan.
    • En la línea 1 relativa al plan de diseño para la innovación y la sostenibilidad, las subcontrataciones elegibles serán únicamente prestadas en dicha materia por entidades proveedoras de servicios de diseño, profesionales del diseño, estudios de diseño y empresas externas de servicios de consultoría especializadas en las disciplinas de diseño objeto de la convocatoria. El profesional o equipo de profesionales colaboradores externos que presten el servicio deberán disponer de una titulación o reconocimiento en el ámbito del diseño específico en el que participen y contar con una experiencia demostrable superior a 2 años en la prestación de servicios similares a los solicitados por la empresa. El presupuesto subvencionable relativo a las subcontrataciones estará comprendido en los siguientes rangos en función de la disciplina del diseño que la empresa beneficiaria quiera abordar
  5. Costes de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, así como la obtención de certificaciones. En lo relativo a las patentes, se incluye la gestión de la tramitación de nuevas patentes, modelos de utilidad y los derechos de propiedad intelectual tanto en España como internacionalmente, excluyendo el mantenimiento o ampliación de las existentes. En lo relativo a la obtención de certificaciones, se aceptarán los costes de normas oficiales vinculadas a los objetivos innovadores presentados en la memoria técnica de la solicitud, como, a modo indicativo, la especificación EA0047 «Requisitos para la consideración como pequeña o mediana empresa innovadora», EA0043 «Requisitos da Joven Empresa Innovadora» y las incluidas en la serie de Normas UNE 166000 dedicadas a apoyar la optimización de la «Gestión de la I+D+i» y otras certificaciones específicas que se consideren adecuadas para el desarrollo de la actividad empresarial innovadora dentro del plan.
  6. Costes de servicios de asesoramiento en materia de diseño y/o innovación: consultoría, asistencia y capacitación en los ámbitos de la transferencia de conocimiento, la adquisición, protección y explotación de activos inmateriales, y el uso de normas y reglamentos que los incorporan así como la consultoría y la asistencia sobre la introducción o la utilización de tecnologías y soluciones innovadoras (incluidas las tecnologías y las soluciones digitales).
  7. Costes de servicios de apoyo en materia de innovación: el suministro o accesos a bancos de datos, bibliotecas, estudio de investigación de mercados, laboratorios, etiquetado de calidad, ensayo y certificación u otros servicios relacionados –incluidos los servicios prestados por organizaciones de difusión de investigación y conocimientos, infraestructuras de investigación e infraestructuras de ensayo y experimentación u otras agrupaciones empresariales innovadoras, con el fin de desarrollar productos, procesos o servicios más eficaces o tecnológicamente avanzados, incluida la aplicación de tecnologías y soluciones innovadoras (incluidas las tecnologías y las soluciones digitales)
  8. Costes de equipamiento y material instrumental inventariables, de nueva adquisición y no adquirido con fondos o ayudas públicas, en la medida en que se utilicen para las actividades del plan y según su correspondiente amortización. Se incluyen en este concepto de gasto las licencias y renovaciones de licencias de software si son de uso específico para las actividades de I+D+i y no de uso general y si son coherentes con los objetivos presentados en la memoria técnica.
    También se incluyen los activos necesarios para el prototipado o validación de pilotos.
    En este apartado están excluidos los siguientes gastos:

    • Instalaciones de edificios y obra civil (electricidad, climatización, redes de telecomunicaciones, etc).
    • Equipamiento para espacios o usos ajenos a las actividades de I+D+i y diseño: zonas de administración o gestión, salas de reuniones, despachos, mobiliario de oficina.
    • Inversiones en el ámbito de la fabricación de los productos, así como la renovación de activos ya existentes en la empresa.
    • Mejoras de aplicaciones o software ya existente o su adaptación.
    • Servicios de telecomunicaciones o de almacenamiento o hospedaje de la información.
    • Arrendamiento de equipos (hardware), redes o sistemas físicos de tecnologías de la información o de las comunicaciones.
  9. Se considerarán subvencionables los costes indirectos, que son aquellos que no están vinculados o no pueden vincularse directamente con la actividad subvencionada por tener carácter estructural, pero resultan necesarios para su realización, en los que se incluyen los gastos administrativos (tales como gestión administrativa y contable), gastos de supervisión y control de calidad, suministros (tales como agua, electricidad, calefacción y teléfono), seguros, seguridad o gastos de limpieza. El coste imputable por este concepto será el importe resultante de aplicar un porcentaje del 20 % a los costes directos del plan.
  10. En el supuesto de que el importe del IVA no sea recuperable, podrá ser considerado un gasto subvencionable. En este caso se deberá presentar un certificado relativo a la situación de la entidad respecto al IVA
    Los costes referidos previamente del punto 1 a 4 y 8 tienen la consideración de ayudas a la innovación en procesos y organización de conformidad con el artículo 29 del Reglamento UE 651/2014, y los costes del punto 5, 6 y 7 tienen la consideración de ayudas a la innovación en favor de las pymes de conformidad con el artículo 28 del Reglamento UE 651/2014

Exclusiones :

  • En ningún caso podrá concertar el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades, o prestación de servicios o suministros subvencionados con las personas o entidades relacionadas en el punto 4 del artículo 11 de estas bases reguladoras.
  • En ningún caso serán subvencionables las actuaciones o actividades habituales de la empresa, ni la modificación o adaptación de productos o servicios existentes, de procesos productivos o de procesos en materia de organización, que no supongan una innovación. En concreto se excluyen los costes derivados de:
    • El cumplimiento de la normativa obligatoria.
    • La implantación de certificados de calidad, medio ambiente, buenas prácticas y similares de tipo general y no relacionados con las acciones de innovación presentadas en la memoria técnica que se presentó en la solicitud.
    • Los análisis, ensayos o caracterizaciones habituales o recurrentes no vinculados a las acciones de innovación que figuran en la memoria técnica que se presentó en la solicitud.
    • La formación de carácter general, técnica o científica, aunque sea necesaria para la introducción de un nuevo producto, proceso o servicio diferenciador.
    • Los costes de personal administrativo relacionados con tareas de gestión y tramitación de la financiación solicitada.
    • Los costes de viajes, las indemnizaciones o ayudas de costes.
    • Los costes de personal directivo y de gerencia que realice labores de I+D+i en el caso de medianas empresas y de pequeñas empresas que no tengan la categoría de microempresas.
    • Los gastos de personal que no tenga relación laboral contractual con la persona beneficiaria de la subvención, salvo en el caso de los autónomos societarios retribuidos a través de nómina
    • Los pagos salariales justificados mediante factura, en todo caso.
    • Las contrataciones en grupos de cotización inferiores a los correspondientes a las titulaciones/categorías profesionales que establece la Seguridad Social al regular las bases de cotización por contingencias comunes indicadas en articulo 9.8 de las bases.

Plazo de Presentación :

• Desde el 14 de febrero de 2024 hasta el 13 de marzo de 2024

Plazo de Ejecución : 

• Desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 30 de septiembre de 2025; Además, en la línea 2, los planes deberán tener una duración mínima de 12 meses.

Cuantía de la ayuda :

LÍNEA 1 – Inversión de entre 50.000 € hasta 150.000 € – Ayuda 50%
LÍNEA 2 – Inversión de entre 50.000 € hasta 150.000 € – Ayuda 50%

Presupuesto : 

Linea 1: 1.500.000,00 €
Linea 2: 3.000.000,00 €

Documentación : 

Orden de Bases (DOG-Nº31 – 13.02.2024)

Concurrencia competitiva