Características técnicas
Organismo: IGAPE
Ámbito : Galicia
Fecha límite Presentación : Desde el 21 de enero hasta el 30 de septiembre de 2025 a las 14:00 horas
Fecha Disposición : Un año desde la fecha de formalización
Procedimiento de concesión : Concurrencia no competitiva
Cuantía subvención : Subvención del tipo de interés hasta un importe equivalente a 1,8 puntos porcentuales durante los 3 primeros años de vigencia y del 1,25 puntos porcentuales correspondientes a la comisión de aval.
Beneficiarios/as:
Las pequeñas y medianas empresas legalmente constituidas que realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo, objeto de la actuación a financiar, localizada en la Comunidad Autónoma de Galicia, pudiendo ser personas físicas o jurídicas, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes y sociedades civiles.
Proyectos financiables:
Favorecer el acceso a préstamos a largo plazo para financiar inversiones productivas y/o circulante estructural por parte de las pymes gallegas.
(Reaval Crecimiento) Favorecer la capacidad de las pymes para otorgar garantías frente a terceros, en alguna de las siguientes modalidades: avales financieros y no financieros ante terceros; y avales vinculados a licitaciones internacionales.
Se bonificará el tipo de interés que aplique la entidad de crédito adherida y la comisión de aval de la SGR en los términos indicados.
Se excluyen las inversiones inmobiliarias, entendiendo cómo tales los activos inmuebles que se adquieran para obtener rentas, plusvalías o ambas.
Gastos financiables:
Podrán ser financiados los siguientes conceptos (Reaval Crecimiento):
- Los bienes objeto de inversión o gasto deberán ser adquiridos en propiedad a terceros por la persona beneficiaria. La persona beneficiaria deberán ostentar la propiedad plena antes de la finalización del plazo de disposición y utilización de los fondos.independiente.
- Los proveedores y acreedores no podrán estar vinculados con la persona o entidad solicitante ni con sus órganos directivos o gestores.
Un máximo del 60 % podrá ser aplicado en el caso de que la cancelación de deudas con entidades financieras no hayan sido avaladas por la SGR que conceda la operación.
Requisitos específicos de los Proyectos:
- Formalizar o haber formalizado préstamos avalados para el crecimiento de las pymes (Reaval Crecimiento) al menos un 40 % de su principal será aplicado a financiar inversiones productivas y/o capital corriente. (Reaval Crecimiento)
- Formalizar un nuevo contrato de financiación, por el que se establezcan línean de avales y fianzas prestadas por la entidad de crédito o SGR en garantía ante terceros, vinculadas al cumplimiento de contratos, operaciones de tráfico o avales técnicos. (Reaval Garantías)
Obligaciones de los beneficiarios:
- El cumplimiento en los destinos de la operación financiera teniendo que destinar un importe atendible no inferior al mínimo establecido en las bases reguladoras del Reaval.
- Mantener la vigencia de la operación financiera reavalada durante el período establecido en la escritura o póliza de formalización, suponiendo, en caso contrario, el reintegro de las ayudas concedidas y/o pérdida del derecho de cobro de la subsidiación.