Nuevas limitaciones Covid Galicia

LIMITACIONES

  • Se restringen las actividades no esenciales.
  • Reuniones sociales limitadas a solo convivientes.
  • Siguen permitidos los movimientos laborales, educativos, de cuidados y sanitarios fuera del ayuntamiento cerrado.
  • El comercio funcionará con el mismo criterio que en el resto de Galicia. Se podrá ir a comercios con la misma intensidad.
  • Cierra la hostelería a excepción del servicio a domicilio y para llevar.
  • Para los deportistas no federados, la práctica deportiva solo podrá ser individual.
  • Cines, teatros, auditorios reducen su aforo a 30 personas en interior y 75 en exterior.
  • No se podrá entrar y salir de estas áreas salvo por motivos justificados.
  • No hay confinamiento domiciliario. La gente puede salir de casa con total libertad, eso sí, ciñéndose a las normas vigentes de movilidad y reunión.

DURACIÓN DE LAS LIMITACIONES

  • Desde el día 7 a las 00.00 horas, es decir a medianoche del viernes al sábado, hasta las 15.00 horas del 4 de diciembre.

AYUNTAMIENTOS AFECTADOS

  • A Coruña, Arteixo, Culleredo, Cambre y Oleiros (es un cierre perimetral conjunto, es decir, el movimiento entre estos ayuntamientos está permitido, pero no fuera de ellos).
  • Lugo.
  • Santiago, Ames, Boqueixón, Oroso, O Pino, Teo, Trazo, Val do Dubra y Vedra (cierre conjunto).
  • Ferrol, Ares, Fene, Neda, Narón y Mugardos (cierre conjunto).
  • Ourense, Barbadás, Amoeiro, Coles, Pereiro de Aguiar, San Cibrao das Viñas y Toén (cierre conjunto).
  • Pontevedra, Vilaboa, Ponte Caldelas, Poio, Marín, Barro, Campo Lameiro, Cerdedo-Cotobade y Soutomaior (cierre conjunto).
  • Vigo, Mos, Nigrán, Gondomar, O Porriño y Redondela (cierre conjunto).
  • Vimianzo, Monforte, Burela, Viveiro, O Carballiño, Verín, Xinzo, Cangas, A Estrada-Lalín- Silleda (cierre conjunto), Ponteareas, Tui, Cambados-Vilanova de Arousa -Vilagarcía (cierre conjunto), O Grove.

PUBLICACIONES EN EL BOLETÍN
DECRETO 179/2020, do 4 de novembro, do presidente da Xunta de Galicia, polo que se adoptan medidas no territorio da Comunidade Autónoma de Galicia para facer fronte á crise sanitaria, na condición de autoridade competente delegada no marco do estado de alarma declarado polo Real decreto 926/2020, do 25 de outubro, polo que se declara o estado de alarma para conter a propagación de infeccións causadas polo SARS-CoV-2.
ORDE do 4 de novembro de 2020 pola que se establecen medidas de prevención específicas como consecuencia da evolución da situación epidemiolóxica derivada do COVID-19 na Comunidade Autónoma de Galicia.