Programa de incentivos a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT)

OBJETO:

Tiene como finalidad impulsar la creación de nuevas iniciativas empresariales de base tecnológica en la Comunidad Autónoma de Galicia mediante la convocatoria del Programa de incentivos a las empresas previamente calificadas e inscritas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT).

Las empresas previamente calificadas como IEBT podrán solicitar las siguientes modalidades de ayudas, dentro del primer año de actividad:

  1. Subvención a la creación directa de empleo estable.
    Tiene como finalidad apoyar los puestos de trabajo estables de carácter indefinido, incluidos los de las propias personas promotoras, creados en un centro de trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia antes de transcurrir un año desde la fecha de inicio de la actividad y que sean ocupados por personas desempleadas.
  2. Ayuda para el inicio y puesta en marcha de la actividad.
    Tiene como finalidad financiar parcialmente los gastos necesarios para el inicio y la puesta en marcha de la actividad. El importe máximo de esta ayuda se determinará en atención al número de puestos de trabajo estables creados y subvencionados durante el primer año de actividad.
  3. Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras.
    Tiene como finalidad favorecer la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras se concederá una subvención para apoyar los coste de los servicios de guardería o de las personas cuidadoras, para aquellas personas promotoras que tengan hijos o hijas menores de 12 años. También tiene como finalidad apoyar los costes del centro o de los servicios de cuidado de personas mayores de 70 años y/o dependientes (grados I, II y III) o con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que respecto de las cuales acredite su relación de parentesco y la acreditación de la convivencia en el mismo domicilio, como mínimo durante los tres meses anteriores a la fecha de la solicitud.
  4. Apoyo a la función gerencial.
    Tiene como objeto apoyar a la persona promotora o a empresarios y empresarias en la toma de decisiones necesarias para el buen funcionamiento de la empresa se podrá financiar el apoyo a la función gerencial. Este apoyo podrá consistir en las siguientes modalidades:
    • Ayuda para la formación de la persona promotora o empresaria con el fin de obtener o mejorar sus conocimientos sobre la función gerencial.
    • Ayuda por la realización externa de análisis, estudios, informes, u otras formas de asesoramiento sobre la actividad que realiza la IEBT, para que la persona promotora o empresaria pueda disponer de mejor información sobre los bienes o servicios objeto de producción.
BENEFICIARIOS:

Podrán ser personas o entidades beneficiarias:

  • Las empresas privadas y las personas autónomas.
  • Con domicilio social, fiscal y centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Se constituyan e inicien su actividad en un plazo no superior a un año desde que el proyecto empresarial fue calificado como IEBT siempre que la mayoría de la titularidad de la empresa corresponda a las personas físicas promotoras del proyecto empresarial calificado como IEBT.
  • Cumplan los requisitos y condiciones establecidos en esta orden para cada modalidad de ayuda.
  • Para poder acceder a las distintas modalidades de ayudas de esta orden se deberá crear empleo estable para personas desempleadas.
CUANTÍA DE LA AYUDA:

Las ayudas se destinan a sufragar las acciones, gastos y pagos establecidos en cada modalidad, que se produzcan y realicen entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023, dentro del período de un año desde el inicio de la actividad de la empresa, con las particularidades que se establezcan en esta orden para cada modalidad de ayuda.

  1. Subvención a la creación directa de empleo estable: Importe desde 6.000€
  2. Ayuda para el inicio y puesta en marcha de la actividad: Importe desde 10.000€
  3. Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras: Importe máximo 3.000€
  4. Apoyo a la función gerencial: Importe desde 5.000€
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Plazo hasta el 29 de septiembre de 2023.