Programa de Modernización del Comercio : Fondo Tecnológico CO300G

OBJETO:

Tienen como finalidad la financiación de proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible, dirigidos a impulsar el empleo de las nuevas tecnologías en el sector comercial.

Los proyectos subvencionables son los siguientes:

  • Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y en comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra (gastos referidos a la transformación digital).
  • Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta, tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los/las consumidores/as como a los nuevos modelos de gestión (gastos referidos a la transformación del punto de venta).
  • Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de la última milla (gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad).
  • Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos (gastos relativos a la sostenibilidad y economía circular).

Se establecen dos líneas de ayudas:

  • Línea destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.
  • Línea destinada a asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:

1.1. Línea de ayudas destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que el establecimiento comercial para el cual se solicita la ayuda tenga carácter físico y permanente y esté ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea o comerciantes minoristas fuera de un establecimiento comercial permanente, deberán tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  2. Que tenga la condición de pyme conforme
  3. Que la actividad principal del negocio se corresponda con alguna de las actividades incluidas en los códigos 46 ó 47 de la Clasificación nacional de actividades económicas 2009 (CNAE-2009)

En todo caso, se requerirá que la actividad principal esté dada de alta en algún epígrafe del impuesto de actividades económicas que se corresponda con las actividades incluidas en los CNAE 46 ó 47, excepto los epígrafes 616, 654 y 655, así como cualquier otra actividad económica que no se considere subvencionable de acuerdo con lo dispuesto en estas bases reguladoras.

En caso de que en el establecimiento se ejerzan de manera simultánea actividades subvencionables con otras no subvencionables, la persona solicitante deberá acreditar mediante declaración responsable que la actividad comercial subvencionable es la principal.

1.2. Línea de ayudas destinada a asociaciones de comerciantes.

Las asociaciones y federaciones de comerciantes sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que tengan entre sus fines estatutarios la defensa de los intereses del sector comercial
  2. Que tengan la sede social y el ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  3. Que tengan una antigüedad mínima de tres años en la fecha 30.12.2022
  4. En el caso de asociaciones de ámbito municipal, que tengan el número mínimo de comercios asociados
  5. En el caso de federaciones, que tengan ámbito provincial o autonómico y tengan asociadas un mínimo de 15 asociaciones de comerciantes que cumplan, además, los requisitos establecidos en la letra d).

TIPOS DE ACTUACIONES:

1.Línea de ayudas destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.

  • Programa smart retail dirigido a la transformación digital del punto de venta y modelo de negocio, a través de las siguientes actuaciones:
    a) Software de gestión de experiencia de la clientela (aplicaciones big data y análisis de datos).
    b) Etiquetado electrónico para lineales de venta.
    c) Tecnología de control de stocks y tecnología RFID.
    d) Gestor de colas automatizado.
    e) Sistemas de click and collect y locker digitales.
    f) Probadores interactivos.
    g) Software para la gestión logística del e-commerce.
    h) Soluciones de ciberseguridad.
    i) Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivos (chatbots).
    j) Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce).
    k) Terminales de autopago.
  • Programa visual merchandising dirigido a la mejora de la experiencia de compra, a través de las siguientes actuaciones:
    a) Escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela.
    b) Estanterías virtuales.
    c) Pantallas y mesas interactivas.
    d) Totems publicitarios.
    e) Pizarras digitales.
    f) Aplicaciones de realidad virtual y aumentada.

En todo caso, las actuaciones comprendidas en las letras a), b), c), d) y e) deberán incluir el software para la programación y emisión de contenidos digitales. Se considerarán subvencionables los gastos relativos a la elaboración de estos contenidos.

  • Programa Green Store dirigido a la mejora de la eficiencia energética y de los recursos, a través de las siguientes actuaciones:
    a) Puertas automáticas con sensores de proximidad que redunden en una mejora de la eficiencia energética en el ámbito térmico del local.
    b) Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces que mejoren y optimicen el consumo de energía eléctrica.
    c) Sistemas de climatización del local energéticamente eficientes.

2. Línea de ayudas destinada a asociaciones de comerciantes.

  1. Mupis digitales, interactivos o no, de señalización y promoción de las áreas comerciales.
  2. Herramientas digitales colaborativas entre los asociados.
  3. Sistemas de click and collect y lockers digitales.
  4. Redes wifi en las áreas comerciales.
  5. Reducción de insumos por parte de los comercios y de las personas consumidoras en los establecimientos mediante la implantación de alternativas respetuosas con el medio ambiente.
  6. Elaboración y puesta en marcha de procesos ecoeficientes para la correcta separación de los residuos y su posterior reciclado y valoración que incluyan la participación de todos los asociados. Se considerarán subvencionables los gastos relativos a la adquisición de elementos para el correcto reciclaje de los residuos.
  7. Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas conjuntas para mejorar la eficiencia en el consumo energético que incluyan la participación de todos los asociados.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Inversiones máximas subvencionables (IVA excluido):

2.1. Línea de ayudas destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.

2.2. Línea de ayudas destinada a asociaciones de comerciantes.

CUANTÍA DE LA AYUDA:

El porcentaje de la subvención será del 90 % de las inversiones máximas subvencionables establecidas

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Hasta el 30/01/2023.

Concurrencia no competitiva y quedará sujeto al régimen de ayudas de minimis