En caso de que se tenga reconocida una prestación de jubilación, viudedad o incapacidad permanente posterior al 1 de enero de 2016 y sea padre de dos o más hijos, podrá reclamar un incremento de su pensión entre un 5% y un 15%, según así lo han declarado diversas sentencias de Tribunales Superiores de Justicia de 2020, incluida una muy reciente del Tribunal Superior de Xusticia de Galicia.
Este reconocimiento se inició a raíz de la Sentencia del 12 de septiembre de 2019, dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declara que la norma española que regula el citado plus o complemento por maternidad exclusivamente a favor de las mujeres, es discriminatoria por razón de sexo.
Por tanto, los pensionistas que tengan reconocida después del 1 de enero de 2016 una prestación de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y sean padres de dos o más hijos, tendrán acceso a que se les reconozca el derecho a percibir dicho complemento.
Dada la avalancha de reclamaciones, es más que probable que el gobierno modificará la norma por lo que es urgente que se inicien las solicitudes de reconocimiento cuanto antes.
Para información y coste de tramitación, por favor pónganse en contacto con nosotros en los números 986 135 730 / 986 135 702.
Es un tema muy importante del que se beneficiarán muchísima gente y que les supone un aumento considerable en su Pensión. Y algunos con efectos retroactivos al 2016.