Subvención para la promoción y consolidación del empleo autónomo

OBJETO:
La ayuda económica tiene como finalidad apoyar aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo de su actividad laboral. (código de procedimiento TR341D).
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:

  • Se subvencionarán las altas en la Seguridad Social o en la mutualidad de colegio profesional que se formalicen entre el 01/10/2021 hasta el 30/09/2022 (ambos inclusive).
  • Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, en el momento de darse de alta como autónomo/a.
  • Estar dado/a de alta como autónomo en el momento de solicitar la ayuda y desarrollar la actividad en Galicia.
  • Tener domicilio fiscal en Galicia
  • Que no hayan recibido subvenciones por empleo autónomo en los últimos tres años.
  • No desarrollasen como personas autónomas la misma o similar actividad, en los 6 meses anteriores a la fecha de inicio de la nueva actividad; ni estuviesen de alta como autónomos en cualquier régimen de la Seguridad Social o mutua en los últimos 3 meses previos.
  • Podrán ser beneficiarias las personas autónomas que formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica de nueva creación, siempre las soliciten a titulo personal (debe estar constituida previa a la presentación de la solicitud de esta ayuda).
  • Quedan excluidas las sociedades mercantiles, las cooperativas y sociedades laborales, así como los autónomos colaboradores.

CUANTÍA DE LA AYUDA:

  • La ayuda será de 2.000€ para las personas desempleadas en general.
  • La ayuda será de 4.000€ en el caso de personas desempleadas que se encuentren en alguno de los siguientes casos (no acumulables):
    – Persona menor de 30 años.
    – Persona desempleada de larga duración.
    – Persona desempleada con discapacidad.
    – Persona desempleada que se encuentre en situación o riesgo de exclusión social.
    – La cuantía base se incrementará un 25% en los siguientes casos (acumulables hasta cuantía máxima 10.000€):
    – Si es mujer.
    – En el caso que el centro de trabajo esté situado en un ayuntamiento rural.
    – Si la persona incorporada es mayor de 45 años
    – Si la persona incorporada es un emigrante retornado.
    – Para las personas trans.
    – Profesiones y oficios en los cuáles la mujer esté subrepresentada según el informe del Instituto Gallego de las Cualificaciones.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Hasta el 30/09/2022 o hasta agotar presupuesto disponible.