Ayudas al sector de la hostelería para la promoción de la digitalización para el 2023 (TU503C)

OBJETO:

Son ayudas que tienen como finalidad contribuir a la recuperación de destinos turísticos a través de ayudas al sector de la hostelería para la promoción de la digitalización para el año 2023, con el fin de promover y estimular un sector turístico gallego competitivo, de calidad y accesible, mediante líneas de ayudas con especial incidencia en la transformación digital, que mejoren su actividad económica e incrementen su competitividad.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:
  • Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas, personas físicas o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo, las microempresas y las pymes del sector de hostelería que tengan su domicilio fiscal en Galicia.
  • Se considera dentro del sector hostelería a los hoteles, hostales, casas rurales y otro tipo de alojamientos además de restaurantes, bares y otros establecimientos de restauración, y Agencias de Viajes
  • Los solicitantes deben estar inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (REAT).
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables aquellas que se desarrollen entre el 01/01/2023 y el 15/11/2023. En ningún caso se admitirán facturas ni justificantes de pago emitidos en fechas no incluidas en este periodo.

GASTOS SUBVENCIONABLES:
  1. Gastos derivados de la transformación digital:
    1. Instalación de nuevos PMS (Property Management System) y ERP
    2. Integración de PMS Y ERP actuales.
    3. Instalación de nuevos CRM (Customer Relationship Management) integrados con PMS.
    4. Instalación de nuevos CRM no integrados con PMS.
    5. Utilización de tecnologías disruptivas: blockchain, realidad virtual, Big Data, análisis, explotación de datos, sonorización entre máquinas e Inteligencia Artificial
    6. Instalación de un channel manager
    7. Instalación de herramientas de visualización, consulta y análisis de datos
    8. Implementación de motores de reserva
    9. Incorporación de sistemas y metodologías para reforzar la seguridad de los datos
  2. Gastos de equipamiento tecnológico necesarios para los indicados en el punto 1 (máximo del 10% del total del gasto). No se incluyen los gastos de telefonía.
  3. Gastos de alojamiento o servicios en la nube necesarios para los gastos del punto 1.
  4. Gastos derivados de la creación del producto y/o comercialización del destino Galicia:
    1. Desarrollo de las TIC en la gestión, promoción y comercialización de la oferta turística.
    2. Gastos derivados de los costes de pertenecer a grupos de compra y/o gestión del uso de herramientas para la creación del producto turístico y/o de comercialización del destino Galicia.

Se excluyen los bienes de equipamiento de segunda mano.

CUANTÍA DE LA AYUDA:

El importe de la ayuda será del 80% del gasto subvencionable con un máximo de 12.000 euros por beneficiario.

Inversión máxima de 15.000€ sin IVA.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Hasta el 04/08/2023 o en su defecto hasta agotar el presupuesto disponible.