Ayudas programa EMEGA 2023 – LINEA CONCILIA – SI429A

DESCRIPCION:

Son ayudas que tienen como finalidad apoyar la puesta en marcha, la mejora y la reactivación de iniciativas empresariales constituidas por mujeres, junto con medidas complementarias para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el acceso a servicios específicos de información, asesoramiento y orientación empresarial con el objeto de facilitar la implantación y consolidación de los proyectos empresariales promovidos por mujeres.
Podrán ser beneficiarias las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen su plan Activa en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 7 de agosto de 2023. En concreto: las personas autónomas (se excluyen las autónomas colaboradoras) y empresas (microempresas y pequeñas empresas), así como las comunidades de bienes, sociedad mercantil, las sociedades civiles, cooperativa y sociedad laboral; formadas por mujeres emprendedoras, con domicilio social y fiscal, y establecimiento de producción en Galicia. En el caso de sociedades, la administración de la empresa tiene que ser ejercida por una mujer y en cuanto al capital social debe pertenecer únicamente a mujeres cuando se trate de microempresas, y estar mayoritariamente suscrito por mujeres en el caso de pequeñas empresas (excepto por la línea ITEF).

OBJETO:

Son ayudas que tienen como finalidad impulsar la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica, promovidas por mujeres y que supongan la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena.

REQUISITOS DE LAS BENEFICIARIAS:
  • Empresas privadas (autónomas, sociedades mercantiles, comunidades de bienes y sociedades civiles) formadas por mujeres que inicien su actividad (alta IAE) entre el 01/08/2022 y el 07/08/2023.
  • Microempresa o pequeña empresa con domicilio social y fiscal en Galicia.
  • En esta línea se admitirá la participación de personas que colaboren en el desarrollo del proyecto de investigación base de iniciativa empresarial, siempre que la mayoría del capital social sea titularidad de las mujeres emprendedoras y la administración de la empresa la ejerzan mujeres
  • Las promotoras deben estar dadas de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y estar vinculadas laboralmente a la empresa, desarrollando de forma habitual su actividad profesional. Las altas en la seguridad social deben estar comprendidas entre el 01/08/2022 y 07/08/2023.
  • El proyecto tiene que suponer la creación de los puestos de trabajo de todas las promotoras.
  • Las promotoras antes de iniciar la actividad tienen que estar desempleadas (mínimo un mes antes del inicio de la actividad). En el caso de empresas con más de una promotora esta condición la deberán cumplir como mínimo el 50%.
  • Las promotoras no pueden haber desarrollado la misma actividad empresarial o similar en los últimos 3 años con respecto al inicio de la nueva actividad.
  • En el caso de creación de empleo para trabajadoras por cuenta ajena, las altas deben estar comprendidas entre el 01/08/2022 y 17/11/2023.
  • La actividad, proceso, producto o servicio que vayan a desarrollar debe tener un claro carácter innovador, con alto contenido científico, tener como objetivo principal la aplicación de desarrollos tecnológicos en el ámbito productivo, de nuevo conocimiento aplicado, de resultados del avance científico y de I+D+i, o en los cuales la presencia de elementos intangibles generadores de valor sea especialmente importante.
  • Como mínimo, la promotora o una de ellas (cuando sean varias) debe ser una persona con titulación universitaria relacionada con el ámbito de la ciencia, del conocimiento o de la tecnología en la que se basa la iniciativa empresarial. Además, en todo caso, tiene que guardarse la proporción de una persona con titulación universitaria por cada cuatro puestos de trabajo creados.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS:
  • Empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora: Incentivos de 18.000€.
  • Empresas que creen dos puestos de trabajo por cuenta propia o ajena (contratos indefinidos) incluyendo el de las promotoras: Incentivos de 27.000€.
  • Empresas que creen tres puestos de trabajo para mujeres por cuenta propia o ajena (contratos indefinidos) incluyendo el de las promotoras: Incentivos de 32.000€.
  • Empresas que creen cuatro o más puestos de trabajo por cuenta propia o ajena (contratos indefinidos) incluyendo el de las promotoras: Incentivos de 42.000€.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Hasta el 7 de agosto de 2023.