OBJETO:
La finalidad de estas ayudas es el desarrollo e implantación de soluciones avanzadas para la producción, transporte y distribución de materias primas, componentes, semielaborados y productos finales, consiguiendo reducciones y ahorros en la utilización de recursos naturales, agua y energía y reducción en la generación de desperdicios, subproductos o deshechos, con la tendencia de convertir los desperdicios en recursos de uso en otros procesos productivos.
Los proyectos pueden ser de dos modalidades:
- Proyectos colectivos de simbiosis industrial en los que un grupo de empresas abordar un proyecto de economía circular para mejorar el uso de los recursos y reducir los impactos ambientales de manera conjunta.
- Proyectos individuales en los que una pyme aborda la implantación de un sistema de economía circular, parcial o integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.
Los proyectos propuestos en ambas modalidades deben dirigirse a uno o varios de los siguientes objetivos:
- Reducción del consumo de recursos naturales, materias primas y semielaboradas.
- Reducir la generación de residuos en el proceso productivo, la peligrosidad de los mismos y/o facilitar su reutilización, valoración y/o reciclaje.
- Análisis del ciclo de vida del producto.
- Identificación e implementación de nuevas oportunidades de negocio que persigan la reutilización y reparación de los productos.
- Reducción del consumo de recursos con el cambio de enfoque a la prestación de servicios.
- Reacondicionamiento, remanufactura y reparación avanzada.
- Creación de cadenas de valor más cortas.
BENEFICIARIOS:
Las pequeñas y medianas empresas cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a los empresarios autónomos, y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto. No podrán tener la condición de beneficiarios las empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos o similares equipos para los que
solicitan la ayuda.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:
Se podrán subvencionar los siguientes tipos de gastos:
- Sensores, equipos y sistemas para la medición, monitorización, seguimiento y control de parámetros productivos y ambientales.
- Hardware y software inteligente para proceso de la información cuando sirva al ahorro de insumos y de consumo de recursos hídricos o energéticos o bien para la reducción de la producción de desperdicios.
- Nueva maquinaria y bienes de equipo, únicamente para la reutilización o reciclaje in situ de desperdicios producidos en los procesos de la empresa.
- Colaboraciones externas de carácter tecnológico, de diseño de procesos o productos más eficientes u organizativo: asistencia técnica, eco-diseño, reingeniería de procesos, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto.
- En los proyectos de colectivos de simbiosis industrial en los que un grupo de empresas aborda un proyecto de economía circular para mejorar el uso de los recursos y reducir los impactos ambientales de manera conjunta, si se opta por un organismo intermedio, este podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto. Ese importe se considerará un gasto subvencionable de colaboraciones externas y se dividirá entre todas las pymes participantes.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS:
- Gasto subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000€ para proyectos individuales y de 10.000€ por participante para los colectivos.
- Importe máximo de la subvención 200.000€ para proyectos colectivos y 75.000€ para proyectos individuales.
- No se aprobarán proyectos que no propongan llegar a resultados, como estudios de viabilidad o diseño de soluciones aisladamente de su desarrollo e implantación en la empresa solicitante.
- No serán subvencionables aquellas colaboraciones externas en las que no se indique con claridad el resultado a obtener, los entregables previstos y como se integrará ese trabajo en el resultado final global del proyecto (el importe subvencionable de colaboraciones externas no podrá superar 60%).
CUANTÍA DE LA AYUDA:
La subvención será del 35% de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 25% para las medianas.
La subvención será del 50% de los gastos servicios de consultoría subvencionables.
Cuando el importe de las inversiones o gastos subvencionables superen las cuantías establecidas para el contrato menor (importe igual o superior a 15.000€), el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a su contratación,
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Hasta el 27/02/2023.
OTROS DATOS DE INTERÉS:
Concurrencia competitiva (por puntuación).
Min. 60 puntos proyectos colectivos
Min 40 puntos proyectos individuales