Según publicación en el Boletín Oficial del estado indicamos los siguientes productos, así como el tipo impositivo de iva de cada uno, quedando como sigue:
- PASAN DEL 10% AL 5% :
- Aceites de Oliva y semillas, las pastas alimenticias.
- PASAN AL 0% DE IVA:
- El pan común, así como la masa de pan común congelada, y el pan común congelado, destinados exclusivamente ala elaboración del pan común.
- Las harinas panificables
- La leche producida por cualquier especie animal, natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, uht, evaporada y en polvo.
- Los Quesos.
- Los Huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el código alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
Esta disposición estará vigente hasta el 30 de abril, en mayo si el IPC de abril es inferior al 5.5%, se volvería al Iva normal, si fuera superior a ese importe seguiríamos con la modificación hasta el 30 de Junio.