Modificación de ivas de productos de primera necesidad a partir del 01/01/2023

Según publicación en el Boletín Oficial del estado indicamos los siguientes productos, así como el tipo impositivo de iva de cada uno, quedando como sigue:

  • PASAN DEL 10% AL 5% :
    • Aceites de Oliva y semillas, las pastas alimenticias.
  • PASAN AL 0% DE IVA:
    • El pan común, así como la masa de pan común congelada, y el pan común congelado, destinados exclusivamente ala elaboración del pan común.
    • Las harinas panificables
    • La leche producida por cualquier especie animal, natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, uht, evaporada y en polvo.
    • Los Quesos.
    • Los Huevos.
    • Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el código alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.

Esta disposición estará vigente hasta el 30 de abril, en mayo si el IPC de abril es inferior al 5.5%, se volvería al Iva normal, si fuera superior a ese importe seguiríamos con la modificación hasta el 30 de Junio.