Objeto:
Favorecer el acceso al crédito para contribuir e impulsar la financiación de proyectos estratégicos, mejora de competitividad, desarrollo tecnológico e innovación, refuerzo de circulante y otras actuaciones de interés para el tejido empresarial de Galicia.
Beneficiarias:
- Empresas.
- Personas físicas.
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas.
- Agrupaciones de interés económico.
- Sociedades civiles.
- Comunidades de bienes.
Empresas que realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo situado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Serán financiables las inversiones y gastos realizados y pagados desde el 1 de enero de 2026 hasta la finalización del plazo de ejecución de la actuación que se determine en el acuerdo de
concesión
Plazo:
Desde el 26/01/2026 hasta el 01/12/2026 o agotamiento del crédito.
Otros datos de interés:
Se tramita por concurrencia no competitiva y está sujeta al régimen de mínimis (con carácter general, en los 3 últimos años no superará el límite de 300.000€, en el caso del sector de la pesca
este límite será de 40.000€ y para el sector agrícola de 50.000€).
1.1. Préstamos para proyectos de inversión
Objeto:
Financiar actuaciones consistentes en proyectos de nuevas inversiones, intervenciones de ampliación de la capacidad productiva y/o mejora de instalaciones existentes.
Deberán estar incluidas en alguno de los sectores que se redactan a continuación:
- Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
- Pesca y acuicultura.
- Industrias extractivas.
Favorecer el acceso al crédito para contribuir e impulsar la financiación de proyectos estratégicos, mejora de competitividad, desarrollo tecnológico e innovación, refuerzo de
circulante y otras actuaciones de interés para el tejido empresarial de Galicia.
Beneficiarias:
- Empresas.
- Personas físicas.
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas.
- Agrupaciones de interés económico.
- Sociedades civiles.
- Comunidades de bienes.
Empresas que realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo situado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Serán financiables las inversiones y gastos realizados y pagados desde el 1 de enero de 2026 hasta la finalización del plazo de ejecución de la actuación que se determine en el acuerdo de
concesión
Plazo:
Desde el 26/01/2026 hasta el 01/12/2026 o agotamiento del crédito.
Otros datos de interés:
Se tramita por concurrencia no competitiva y está sujeta al régimen de mínimis (con carácter general, en los 3 últimos años no superará el límite de 300.000€, en el caso del sector de la pesca
este límite será de 40.000€ y para el sector agrícola de 50.000€).
1.1. Préstamos para proyectos de inversión
Objeto:
Financiar actuaciones consistentes en proyectos de nuevas inversiones, intervenciones de ampliación de la capacidad productiva y/o mejora de instalaciones existentes.
Deberán estar incluidas en alguno de los sectores que se redactan a continuación:
- Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
- Pesca y acuicultura.
- Industrias extractivas.
- Industrias manufactureras.
- Abastecimiento de energía y agua, y gestión de residuos y descontaminación.
- Construcción de redes y construcción especializada.
- Comercio al por mayor e intermediarios, salvo vehículos de motor y motocicletas.
- Transporte y almacenamiento.
- Hostelería.
- Información y comunicaciones.
- Actividades profesionales, científicas y técnicas.
- Alquiler de maquinaria, equipamientos y bienes tangibles.
- Agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con estos.
- Actividades de seguridad e investigación y otras actividades auxiliares de las empresas.
- Asistencia en establecimientos residenciales y servicios sociales sin alojamiento.
- Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.
Requisitos específicos de la actuación a financiar:
- La actuación deberá presentar un coste de financiable en activos fijos igual o superior a 1.000.000€ más impuestos.
- En el caso de financiación de compra de maquinaria en empresas des sector de la industria manufacturera, el importe mínimo de la inversión será de 400.000€ más impuestos.
- Para el sector de la pesca que realicen inversiones orientadas al cambio de artes de pesca, el importe mínimo será de 135.000€ más impuestos.
- En el caso de inversiones encuadradas en un plan de expansión internacional de la empresa, el importe mínimo será de 135.000€ más impuestos.
Serán financiables:
- o Los bienes tangibles, cuyo uso previsto por la beneficiaria sea la producción o suministro de bienes o servicios, o para fines administrativos tales como construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria….
- o Los bienes intangibles, como puede ser la investigación, desarrollo, concesiones administrativas, propiedad industrial e intelectual, derechos de traspaso y aplicaciones informáticas.
- o El capital de explotación, entendiendo como tal, el incremento permanente de capital corriente necesario para la actividad. Los gastos previstos en este punto no podrán superar a la suma de los restantes conceptos.
Condiciones del producto financiero:
El importe mínimo del préstamo o de la participación del Igape en el sindicato bancario será de 750.000€ y el máximo de 5.000.000€. En ningún caso superará el 75% del coste del proyecto
financiable.
1.2. Préstamos para la concentración y sucesión de empresas
Objeto:
Tiene como propósito apoyar financieramente la concentración y sucesión de empresas, la adquisición de unidades productivas, el traslado de unidades productivas de Galicia para favorecer la concentración de actividades y la absorción de empresas para mejorar la competitividad.
Requisitos específicos de la actuación a financiar:
- Las actuaciones a llevar a cabo tendrán un coste financiero igual o superior a 100.000€ más impuestos.
Serán financiables:
- o Los bienes tangibles.
- o Los bienes intangibles.
- o Compra de acciones o participaciones, enmarcadas en un plan de concentración o sucesión de empresas.
- o El capital de explotación.
- o Adquisición de unidades productivas en funcionamiento, con la incorporación de activos de uso, fondo de comercio y, en su caso de pasivos.
- o Gastos de traslado de unidades productivas con destino a centros de trabajo ubicados en Galicia.
Condiciones del producto financiero:
El importe mínimo del préstamo será de 75.000€ y el máximo de 5.000.000€. En ningún caso superará el 75% del coste de la actuación financiera.
1.3. Préstamos para proyectos de desarrollo tecnológico e innovación.
Objeto:
Tiene como finalidad apoyar financieramente a empresas con centros de trabajo en Galicia que pretendan desarrollar un proyecto concreto de desarrollo tecnológico e innovación.
Requisitos específicos de la actuación a financiar:
o Los proyectos deberán encontrarse en alguno de los siguientes TRL referidos al nivel de madurez de una tecnología:
- TRL5: validación de componentes y/o disposición de estos en un entorno relevante.
- TRL6: modelo de sistema o subsistema o demostración de prototipo en entorno relevante.
- TRL7: demostración de sistema o prototipo en un entorno real.
- TRL8: sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones.
- TRL9: sistema probado y validado en el mercado.
o Las actuaciones deberán presentar un coste financiable igual o superior a 75.000€ más impuestos.
Serán financiables:
- ○ Activos fijos materiales necesarios para el desarrollo del proyecto, tales como bienes de equipo, instalaciones técnicas,….
- ○ Activos intangibles, como patentes, licencias u otros derechos de propiedad intelectual.
- ○ Otros gastos necesarios para el desarrollo del proyecto como: costes de investigación contractual, costes de consultoría u otros servicios externos, materiales y consumibles y gastos
de personal dedicados al desarrollo del proyecto.
Condiciones del producto financiero:
- ○ El importe mínimo del préstamo será mínimo de 75.000€ y máximo de 1.500.000€. En ningún caso superará el coste de la actuación financiable.
1.4. Préstamos para financiación operativa
Objeto:
Apoyar financieramente el crecimiento del capital circulante mediante préstamos destinados a financiar gastos corrientes, en los siguientes supuestos:
- Empresas que se dediquen a actividades del sector de la industria manufacturera, con motivo de permitirles financiar a largo plazo pagos operativos.
- Empresas del sector de la pesca, acuicultura que acrediten la necesidad de incrementar su fondo de maniobra y la capacidad de reembolsar su endeudamiento.
- Empresas que desarrollan actividades en el sector de la construcción naval para dotarles de un fondo de maniobra suficiente.
Centros tecnológicos, asociaciones empresariales, fundaciones y entidades que desarrollen actividades económicas, de I+D o presten servicios de interés para el tejido empresarial gallego.
Otros requisitos por parte de la persona beneficiaria:
- ○ Que hayan estado desarrollando, por más de 3 años, las actividades a las que será aplicado el préstamo.
Requisitos específicos de la actuación a financiar:
- La cuantía financiable será calculada por la solicitante en la memoria a presentar.
Serán financiables:
- Capital de explotación.
- Inversiones en activos fijos para los supuestos de las empresas de la industria manufacturera.
Condiciones del producto financiero:
- En el caso de empresas de la industria manufacturera y del sector de la pesca, el importe mínimo del préstamo será de 300.000€ y máximo de 1.000.000€
- En el caso de empresas pertenecientes al sector de la construcción naval, el importe mínimo del préstamo será de 300.000€ y máximo de 2.000.000€
- En el caso de entidades que desarrollen actividades de tipo tecnológico, el importe mínimo del préstamo será de 75.000€ y máximo de 1.500.000€.
