Objeto:
Apoyar a las pymes que tienen mayores dificultades para acceder a la financiación mediante el apoyo conjunto de Igape y de las sociedades de garantía recíproca (SGR) y la colaboración de las
principales entidades de crédito que operan en Galicia.
Beneficiarias:
- Personas físicas y jurídicas
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas.
- Agrupaciones de interés económico.
- Sociedades civiles.
- Comunidades de bienes.
Empresas que realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo situado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Podrán ser objeto de solicitud de la ayuda las operaciones financieras formalizadas desde el 01/01/2026 y que cumplan los requisitos exigidos para este procedimiento.
El plazo de utilización de los fondos del préstamo finalizará transcurrido 1 año contando desde la fecha de formalización o la fecha de finalización del período de carencia.
Plazo:
Desde el 26/01/2026 hasta el 30/09/2026 o agotamiento del crédito.
Otros datos de interés:
Se tramita por concurrencia no competitiva y está sujeta al régimen de mínimis (con carácter general, en los 3 últimos años no superará el límite de 300.000€, en el caso del sector de la pesca
este límite será de 40.000€ y para el sector agrícola de 50.000€).
1.1. Préstamos avalados para el crecimiento de las pymes (REAVAL CRECIMIENTO)
Objeto:
Favorecer el acceso a préstamos a largo plazo para financiar inversiones productivas y/o circulante estructural por parte de las pymes gallegas.
Requisitos específicos de la actuación a financiar:
- Haber formalizado un préstamo a largo plazo a avalar para unas determinadas actuaciones y forma.
Actuaciones a financiar y forma:
- o un mínimo del 40% de su capital será aplicado a financiar inversiones productivas y/o capital corriente tales como:
-bienes tangibles
-bienes intangibles
-capital corriente como compras de materias primas, gastos de personal, arrendamientos,…. - o máximo del 60% podrá ser aplicado a la cancelación de deudas con entidades financieras no avaladas por la SGR, cuando correspondan a alguna de las siguientes modalidades:
– pago de cuotas de préstamos y leasing
– pago de saldos dispuestos de pólizas de crédito - o se podrán destinar a la cancelación o reestructuración de deudas bancarias avaladas por la SGR que conceda la operación.
Condiciones del producto financiero:
- El importe del préstamo a avalar será igual o superior a 3.000€ e igual o inferior a 1.000.000€
- Un mismo titular podrá presenta varias solicitudes en distintas modalidades siempre que no supere el límite de 1.000.000€
- El plazo mínimo del préstamo a avalar será de 3 años y no superior a 15 años, incluida una carencia de un máximo de 2 años. En cualquier caso, la vigencia del reaval no superará los 7 años.
- El tipo de interés nominal anual podrá ser fijo o variable
- El IGAPE podrá subvencionar a fondo perdido hasta un equivalente a:
– 1.8 puntos porcentuales de los intereses de los 3 primeros años de vigencia de los préstamos concedidos.
– 1.25 puntos porcentuales de la comisión del aval de los 3 primeros años de vigencia de los préstamos avalados concedidos.
– reaval ante las SGR del 25% del riesgo asumido pro ésta.
1.2. Garantías ante terceros vinculadas a operaciones de tráfico o avales técnicos (Reaval Garantías)
Objeto:
Favorecer la capacidad de las pymes para otorgar garantías frente a terceros en alguna de las siguientes modalidades:
- Avales para garantizar obligaciones derivadas de contratos de tráfico comercial, anticipos de contratos o entregas a cuenta para instalaciones o suministros.
- Avales no financieros ante terceros. Avales técnicos ante empresas privadas para garantizar la buena ejecución de las obras o servicios.
- Avales vinculados a licitaciones internacionales
Requisitos específicos de la actuación a financiar:
- La persona beneficiaria deberá formalizar un nuevo contrato de financiación por el que se establezca una línea de avales y finanzas prestadas por la entidad de crédito o SGR en garantía ante terceros
Condiciones del producto financiero:
- El importe la línea de financiación a avalar será igual o superior a 3.000€ e igual o inferior a 1.000.000€
- Un mismo titular podrá presenta varias solicitudes en distintas modalidades siempre que no supere el límite de 1.000.000€
- El plazo mínimo de vigencia de la línea de garantías será de 3 años y no superior a 5 años, sin posibilidad de prórroga.
- El IGAPE podrá subvencionar:
– a fondo perdido hasta un importe equivalente a 1.25 puntos porcentuales de la comisión de aval de los 3 primeros años de vigencia de los avales concedidos.
– reaval ante las SGR del 25% del riesgo asumido por ésta.
